Resolución ENARGAS I/910 Obra de Gas Natural para Marcos Juárez

0
9

El Ente Nacional Regulador del Gas emitió y publicó de manera oficial la resolución I/910 que establece los parámetros para desarrollar la obra de gas natural en la ciudad de Marcos Juárez. Los barrios María Dellarossa y Antony Vogt serán los beneficiarios del servicio.

1- NOMBRES DE LAS OBRAS: 1.a) Provisión de gas natural a DC 00503/580 – 25 de diciembre y otras – B° M. Dellarossa – Marcos Juárez – Provincia de Córdoba. 1.b) Provisión de gas natural a DC 00503/581 – Bv. Pueyrredón y otras – B° Anthony Vogt – Marcos Juárez – Provincia de Córdoba.

2- DELIMITACIÓN CATASTRAL: Conforme a los Planos de Anteproyecto Redes de Distribución, elaborados por la Distribuidora de Gas del Centro S.A., las redes de distribución de Gas Natural involucran: 2.a) para DC 00503/580, en el Barrio MARÍA DELLAROSSA (128 parcelas); de la manzana 03-03-049, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16; de la manzana 03-03-050, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,24, 25, 26; de la manzana 03-03-048, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16; de la manzana 03-03-051, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 100, 101, 22, 23,24, 25, 26; de la manzana 03-03-047, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16; de la manzana 03-03-052, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,24, 25, 26; de la manzana 03-03-059, las parcelas: 06, 07, 08; conformando un total de ciento veintiocho (128) usuarios frentistas. 2.b) para DC 00503/581, en el Barrio ANTHONY VOGT (181 parcelas); de la manzana 02-01-127, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08,09, 10, 11, 12, 13, 100, 101, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24; de la manzana 02-01-128, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05,06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24; de la manzana 02-01-129, las parcelas: 100, 101,102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123; de la manzana 02-01-132, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,24; de la manzana 02-01-131, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20,21, 22, 23, 24; de la manzana 02-01-130, las parcelas: 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112,113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123; de la manzana 02-01-135, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07,08, 09, 10, 11, 12; de la manzana 02-01-136, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12; de la manzana02-01-137, las parcelas: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12; de la manzana 02-01-087, la parcela: 01;conformando un total de ciento ochenta y un (181) usuarios frentistas.

3- CRONOGRAMA DE EJECUCION Y DEFINICION DE ETAPAS: El plazo de ejecución de las obras se fija en seis (6) meses (tres meses cada obra) a partir de la autorización del inicio de obra otorgado por la Distribuidora de Gas del Centro S.A. (ECOGAS). Las Obras se ejecutarán en una sola etapa y de forma funcional de acuerdo lo que establece la NAG 113. Una vez habilitadas las obras, serán operadas y explotadas comercialmente por la Distribuidora de Gas del Centro S.A. (ECOGAS).

4- EJECUTOR: Las obras serán realizadas por Constructora Halac S.A. matricula N°333, inscripta en el Registro de Empresas Contratistas y supervisadas por la Distribuidora de Gas del Centro S.A.

5- MONTO DE LAS OBRAS: El DC00503/580 tiene un monto de obra de pesos ochenta y dos millones setecientos cuatro mil novecientos setenta y ocho con ochenta centavos ($82.704.978,80). El DC00503/581 tiene un monto de obra de pesos cincuenta y seis millones novecientos setenta y cinco mil novecientos setenta y nueve con seis centavos ($56.975.979,06). Ambos, hacen un monto total de pesos ciento treinta y nueve millones seiscientos ochenta mil novecientos cincuenta y siete con ochenta y seis centavos ($139.680.957,86). Estos importes incluyen IVA.

6- EROGACIONES TOTALES A CARGO DE: a) La Distribuidora (sin recupero): Asesoramiento y asistencia técnica y comercial, anteproyectos de las obras previstas, inspecciones técnicas, interconexiones y empalmes a instalaciones existentes. Provisión de medidores para toda categoría de clientes, habilitación y puesta en servicio de acuerdo a la normativa vigente, elementos para acondicionamiento y odorización del gas, operación y mantenimiento de la obra. b) Los interesados: Los mismos abonarán el costo de las obras según se detalla a continuación en las modalidades de pago.

7- MODALIDADES DE PAGO: El monto a abonar corresponde a la construcción de la Red de Distribución, obras complementarias, y accesorios. Las obras contemplan la colocación del servicio domiciliario, a lotes edificados que cumplan con lo dispuesto en los arts. 11 y 12 de la NAG-113 de ENARGAS, en al menos siete (07) lotes en BARRIO MARÍA DELLAROSSA y en al menos nueve (09) lotes en BARRIO ANTHONY VOGT; para lo cual debe estar colocada la caja de regulación y medición, la que deberá ser provista y colocada por el vecino.

La reparación de los contrapisos, veredas, frentes afectados, y pavimentos, serán responsabilidad compartida entre la CONTRATISTA y el FUTURO USUARIO, y se ejecutarán garantizando la restitución de la zona afectada a su condición original. La reposición de contrapisos, frentes, y la colocación de mosaicos, será a cargo de los frentistas, y la reparación del pavimento (en caso de corresponder), la hará la contratista; y serán ejecutados dentro de los plazos indicados en el apartado 8.6 de la NAG 140, siendo su cumplimiento requisito necesario para la recepción, habilitación y puesta en servicio de la obra.

El monto a pagar por los frentistas por la obra mencionada (valor de recupero de la obra) se compone de la siguiente manera: a) pesos treinta y nueve mil setecientos noventa con cincuenta y un centavos ($39.790,51) por metro lineal de frente, IVA incluido; b) pesos catorce mil novecientos ochenta y cinco con ochenta y ocho centavos ($14.985,88) por conexión domiciliaria, IVA incluido.

El cobro de la obra se prorrateará de la siguiente forma: a) en los lotes esquina (edificados o no), con ambos frentes beneficiados por la obra de gas, los metros serán determinados por el frente de menor longitud; b) en los lotes intermedios, por metro lineal de frente. El cobro de la obra realizada será efectuado por la Municipalidad. A tal fin emitirá UN CERTIFICADO DE DEUDA POR FINAL DE OBRA, por el monto que resulte a los precios vigentes al momento de su emisión, para cada uno de los inmuebles beneficiados por la obra, que contendrá: a) Nombre, apellido y domicilio del obligado al pago; b) Datos catastrales que individualicen la propiedad; c) Importe adeudado; d) Nombre del acreedor y domicilio de pago. El CERTIFICADO DE DEUDA POR FINAL DE OBRA establecerá una fecha límite para que el contribuyente se presente al área de Rentas y defina su forma de pago, pudiendo optar por: a) Contado, con una bonificación sobre el importe a pagar por el BENEFICIARIO; o b) Financiado, en cuotas mensuales, ajustables mensualmente por el coeficiente variación salarial (CVS) publicado por el INDEC. El Departamento Ejecutivo determinará por Decreto la bonificación por pago de contado, la cantidad de cuotas por pago financiado, y demás condiciones.

8- DOCUMENTACIÓN Y REGISTRO DE OPOSICIÓN: Los libros del proyecto indicado en esta publicación se encuentran habilitados en la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, destinados a consultas, información y Registro de Oposición de la Municipalidad de Marcos Juárez, sita en bulevar Hipólito Yrigoyen N° 959 de la misma localidad, en el horario de 07:00 a 14:00, a partir del día 08de abril de 2024 y por un plazo de (30) días corridos según lo establece el Decreto N° 095/2024, es decir, hasta el 07 de mayo de 2024, inclusive. Dicha oficina cuenta con el proyecto correspondiente a la obra propuesta y anteproyectos de origen. El Registro de Oposición se pone a consideración de quienes acrediten fehacientemente ser propietarios o poseedores, futuros beneficiarios de la obra, y cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 095/2024.