Decreto prorroga vencimiento de licencias de conducir

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VISTO:
Que
mediante
Ordenanza

2410,
modificada
por
Ordenanzas

2706,
2777
y
2792;
la
Municipalidad
de
Marcos
Juárez
adhirió
a
las
leyes
nacionales

24.449
y

26.363,
sus
modificatorias
y
Decretos
reglamentarios;
y

CONSIDERANDO:

Que
la
adhesión
a
la
Ley

26.363
se
hizo
en
su
totalidad
y
sin
reservas;
mientras
que
en
el
caso
de
la
Ley

24.449,
se
exceptuaron
las
disposiciones
del
art.
16;
así
como
de
los
Títulos
VII
y
VIII,
de
cuya
materia
se
hace
expresa
reserva;

Que
la
Ley

26.363
creó
la
Agencia
Nacional
de
Seguridad
Vial,
como
autoridad
de
aplicación
de
las
políticas
y
medidas
de
seguridad
vial
nacionales;
y
tiene
entre
sus
funciones,
la
de
crear
y
establecer
las
características
y
procedimientos
de
otorgamiento,
emisión
e
impresión
de
la
Licencia
Nacional
de
Conducir,
así
como
también
certificar
y
homologar
los
centros
de
emisión
de
licencias
de
cada
jurisdicción;

Que
mediante
la
Disposición

207/2009
de
la
A.N.S.V.,
se
aprobó
el
Sistema
Nacional
de
Licencias
de
Conducir,
a
fin
de unificar
los
criterios
en
todo
el
país
 respecto
al
formato
de
las
licencias,
los
requisitos
previos
a
la
solicitud,
la
emisión
y
demás
cuestiones
atinentes;
y
se
establecieron
los
procedimientos
a
los
que
debe
ajustarse
todo
Centro
de
Emisión
de
Licencias
(CEL);

Que
la
Agencia
Nacional
de
Seguridad
Vial
y
la
Municipalidad
de
Marcos
Juárez
han
suscripto
un
Convenio
Específico
de
Cooperación
para
la
Implementación
de
la
Licencia
Nacional
de
Conducir
y
del
Certificado
Nacional
de
Antecedentes
de
Tránsito;
el
que
fue
certificado
y
homologado
por
Disposición

759/2014
de
la
A.N.S.V.;

Que
por
el
artículo
13
de
la
Ley
Nacional
de
Transito

24.449,
modificado
por
el
artículo
25º
de
la
Ley

26.363,
se
regulan
las
características
de
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR,
estableciendo
en
el
apartado
‘b’
de
dicha
norma,
que
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR,
deberá
extenderse
conforme
a
un
modelo
unificado
que
responderá
a
estándares
de
seguridad,
técnicos
y
de
diseño
que
establezca
el
organismo;

Que
el
artículo
13°
del
ANEXO
I
del
Decreto

779/95,
reglamentario
de
la
Ley
Nacional
de
Tránsito

24.449,
modificado
por
el
Decreto

1716/08,
establece
en
el
apartado
‘b’,
que
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR
deberá
ser
extendida
en
un
documento
diseñado
como
modelo
único
por
la
AGENCIA
NACIONAL
DE
SEGURIDAD
VIAL;
y
el
mismo
artículo
establece
un
formato
uniforme,
del
tamaño
estándar
de
tarjetas
plásticas
de
mayor
utilización
en
el
mercado,
con
el
contenido
mínimo
que
exige
la
ley
y
con
elementos
de
resguardo
de
seguridad
documental
a
fin
de
asegurar
su
autenticidad
e
inviolabilidad.

Que
entre
las
funciones
asignadas
a
la
AGENCIA
NACIONAL
DE
SEGURIDAD
VIAL
por
su
norma
de
creación,
específicamente
por
el
artículo

inciso
‘e’,
se
encuentra
la
de
crear
y
establecer
las
características
y
el
procedimiento
de
otorgamiento,
emisión
e
impresión
de
la
licencia
de
conducir
nacional;
y
en
el
mismo
sentido
dispone
el
Decreto

1716/08,
aprobatorio
de
la
reglamentación
de
la
Ley

26.363;

Que
por
Disposición

039/2019,
la
Agencia
Nacional
de
Seguridad
Vial,
se
aprobó
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR
EN
FORMATO
DIGITAL,
como
un
instrumento
complementario
a
la
licencia
física;
que
permita
a
la
Autoridad
de
Fiscalización
consultar
de
manera
inmediata
el
estado
de
la
autorización
para
conducir
oportunamente
otorgada,
optimizar
la
fiscalización
de
los
conductores,
como
asimismo
conferirle
al
ciudadano
la
posibilidad
de
portar
su
autorización
en
un
dispositivo
móvil;

Que
debido
a
falta
de
insumos
para
la
impresión
de
las
licencias
físicas,
la
Municipalidad
de
Marcos
Juárez
emitió
el
Decreto

233/2024,
mediante
el
cual
se
prorrogó
hasta
el
18/08/2024
la
validez
de
las
licencias
de
conducir
cuyo
vencimiento
operaran
dentro
del
periodo
comprendido
entre
el
12/07/2024
al
18/08/2024,
inclusive;
y
se
otorgaba
validez
plena
a
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR en
su
versión
DIGITAL
accesible
a
través
de
la
aplicación
“Mi
Argentina”,
para
todas
las
licencias
de
conducir
que
se
hayan
emitido
desde
el
12/07/2024;

Que
debido
a
una
NUEVA
FALTA
DE
INSUMOS
PARA
LA
IMPRESIÓN
DE
LAS
LICENCIAS
FÍSICAS,
que
son
provistos
a
cada
CEL
exclusivamente
por
la
ANSV,
 la
Municipalidad
de
Marcos
Juárez,
por
causa
que
no
le
es
imputable,
se
ve
impedida
de
otorgar
la
licencia
conforme
a
la
ley,
lo
que
afecta
en
forma
directa
el
derecho
de
los
conductores
de
acceder
a
ella
por
otros
medios,
lo
que
potencialmente
también
les
impediría
ejercer
su
derecho
constitucional
de
circular
pese
a
estar
en
condiciones
de
hacerlo;
por
lo
que
resulta
necesario
adoptar
una
medida
alternativa
y
excepcional,
mientras
dure
el
impedimento
de
hecho,
ajeno
a
la
Municipalidad
y
a
los
conductores;

POR
ELLO:

LA
INTENDENTE
MUNICIPAL
DE
LA
CIUDAD
DE
MARCOS
JUAREZ


D
E
C
R
E
T
A

Art.1)
PRORRÓGUESE
hasta
el
veintisiete
de
septiembre
del
corriente
año,
o
hasta
que
cese
el
faltante
de
insumos
para
imprimir
licencias,
si
sucediera
primero,
la
validez
de
las
licencias
de
conducir
cuyos
vencimientos
operen
a
partir
del
día
de
la
fecha.-

Art.2)
OTÓRGUESE
validez
plena
a
la
LICENCIA
NACIONAL
DE
CONDUCIR en
su
versión
DIGITAL
accesible
a
través
de
la
aplicación
“Mi
Argentina”,
la
que
deberá
estar
acompañada
por
un
certificado
que
acredite
la
habilitación
para
conducir
otorgada,
para
todas
las
licencias
de
conducir
que
se
emitan
a
partir
del
27/08/2024.-

Art.3)
El
CERTIFICADO
DE
HABILITACIÓN
PARA
CONDUCIR
será
expedido
por
el
Centro
de
Emisión
de
Licencias
de
Marcos
Juárez,
suscripto
por
el
responsable
del
mismo,
y
tendrá
una
vigencia
de
treinta
(30)
días
desde
su
emisión.
Si
no
se
hubiera
regularizado
la
faltante
de
insumos
para
el
vencimiento
de
cada
certificado,
el
titular
deberá
solicitar
su
renovación
en
el
CEL,
sin
costo
de
emisión;
salvo
que
haya
operado
el
vencimiento
de
la
LICENCIA
DE
CONDUCIR
otorgada.-

Art.4)
El
CERTIFICADO
DE
HABILITACIÓN
PARA
CONDUCIR
servirá
para
acreditar
ante
las
autoridades
de
fiscalización
y/o
ante
quien
corresponda,
junto
con
la
Licencia
Nacional
de
Conducir
Digital,
la
habilitación
para
conducir
otorgada,
para
todas
las
licencias
emitidas
a
partir
del
27/08/2024,
y
mientras
persista
la
imposibilidad
de
emitir
el
ejemplar
físico
de
la
licencia
nacional
de
conducir,
por
el
faltante
de
insumos.-

Art.5)
Publíquese,
dese
al
Registro
Municipal
y
archívese.-

FIRMADO:

Cra.
Sara
E.
MAJOREL

Intendente
Municipal

Dra.
Vilma
N.
SIGAUDO

Secretaria
de
As.
Jurídicos
y
As.
Letrada