Por qué este año hay que prestar más atención que nunca a la declaración de la RENTA

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La declaración de IRPF es un momento temido por muchos, especialmente si cada año les sale a ingresar. Es el momento de ajustar cuentas con el fisco. Y este año hay varios motivos por los cuales hay que prestar más atención que nunca a la declaración de la RENTA especialmente en el caso de los autónomos.

El primero de ellos es que puede que muchos hayan cobrado cese de actividad, el paro de los autónomos. Es una renta de trabajo, no de actividades económicas, y como tal es necesario tributar por ella. ¿Pero qué pasa con otros posibles subsidios, ayudas créditos ICO, etc.? ¿Y si el SEPE ha abonado cantidades indebidas que tenemos que devolver?

Este año, la declaración de la renta de los autónomos será más sencilla: Hacienda permitirá trasladar los ingresos a Renta Web

En este último caso existe un problema. Si el SEPE ya nos reclamó las cantidades es cuestión de revisar bien nuestros datos fiscales que nos facilita la Agencia Tributaria, ya que pueden producirse errores si directamente los trasladamos a la declaración. Si el SEPE no nos los ha reclamado, pero lo hará en el futuro tendremos que declarar por ellos. Esto afecta también a todos los trabajadores que hayan cobrado prestaciones por estar en ERTE, por ejemplo.

Más allá de esta cuestión la cosa se empieza a complicar para el autónomo con el tema de las ayudas recibidas. Ya sean subvenciones percibidas por comunidades autónomas o por ayuntamientos, si no se ha establecido expresamente su exención, van a tener que tributar como rendimientos de actividades económicas. Esto puede ser un laberinto complicado si no nos ponemos en manos de un experto fiscal, que conozca bien las particularidades de nuestra comunidad y ayuntamientos.

¿Qué ocurre con los créditos ICO? En este caso, y mientras no se diga lo contrario, van a tener que devolver estas cantidades más pronto o más tarde, por lo que se trataría como cualquier otro crédito que se ha solicitado. Podrá deducirse gastos como intereses, gastos de apertura o constitución del crédito que se hayan aplicado en su momento.

Si posteriormente se aplicaran exenciones a estos créditos, quitas o condonaciones parciales, algo que de momento no ha ocurrido, sería ya en la declaración de 2021 o 2022, dependiendo de en qué momento se concedan estas ayudas a los afortunados, el momento de ajustar cuentas con el fisco. Y la regla sería similar a la de las subvenciones de las comunidades.

Hay que tener en cuenta que todas las ayudas percibidas deben declararse ya que de no hacerlo podríamos incurrir en una sanción. Y no está la economía de muchos de nosotros como para además hacer frente a este tipo de castigos por un error u omisión en la declaración de la RENTA.

Imagen | stevepb en Pixabay