VISTO:
Lo
informado
y
actuado
por
la
Administración
del
Cementerio
Municipal
“San
Roque”
sobre
la
publicación
de
un
edicto
citando
y
emplazando
a
los
propietarios
de
un
Panteón
en
dicho
cementerio
para
regularizar
la
situación
tributaria
del
mismo,
compareciendo
ante
la
Administración
General
del
Cementerio
Municipal,
sito
en
calle
San
Juan
al
600
de
esta
ciudad
de
Marcos
Juárez
(Cba.),
de
6:00
a
13:00
Hs,
dentro
del
término
de
quince
(15)
días
a
contar
de
la
fecha
de
notificación
del
mismo,
conforme
lo
dispuesto
por
Ordenanza
Nº
3180;
y
CONSIDERANDO:
Que
el
primer
plazo
estipulado
se
encuentra
vencido
ya
que
el
Edicto
fue
publicado
y
notificado
el
día
04
de
noviembre
del
corriente
año;
Que
la
Ordenanza
vigente
dispone
que
vencido
el
primer
plazo
otorgado
para
la
regularización
de
la
falta
de
pago,
sin
que
se
haya
efectuado
el
pago
o
la
renovación
de
la
concesión
se
otorgarán
treinta
(30)
días
adicionales
a
dicho
plazo;
Que
este
nuevo
plazo
debe
instarse
mediante
la
publicación
de
un
edicto
en
los
medios
de
comunicación
locales
(radios
y
televisión)
y
medios
digitales
por
un
periodo
de
cinco
(05)
días
hábiles;
Que
de
persistir
el
incumplimiento,
la
Municipalidad
procederá
a
depositar
los
restos
en
el
osario
general
o
dispondrá
la
cremación
de
los
mismos;
POR
ELLO:
LA
INTENDENTE
MUNICIPAL
DE
LA
CIUDAD
DE
MARCOS
JUAREZ
D
E
C
R
E
T
A
Art.1)
Emplazar
en
forma
pública
a
los
familiares
de
las
personas
inhumadas
en
el
Panteón
ubicado
en
la
sección
Nº
1,
lote
23,
unidad
catastral
01-01-17
del
predio
del
Cementerio
Municipal
«San
Roque»,
cuyo
nombre
y
datos
se
detallan
más
abajo,
para
que
antes
del
día
09
de
enero
de
2025;
procedan
a
regularizar
tal
circunstancia:
PANTEÓN
SECCIÓN | LOTE | PROPIETARIO: |
FECHA COMPRA |
RESTOS DE : |
1 | 23 |
Antonio S. Sasia |
1919 |
Antonio S. Sasia y familiares |
Art.2)
El
incumplimiento
de
lo
dispuesto
por
el
artículo
precedente
facultará
a
la
Administración
del
Cementerio
«San
Roque»
para
realizar
la
exhumación
de
los
restos
y
trasladarlos
al
osario
común
con
las
prerrogativas
y
costos
estipulados
por
el
Art.46)
de
la
Ordenanza
N°
3180.-
Art.3)
Publíquese
en
los
medios
de
comunicación
locales
(radios
y
televisión)
y
medios
digitales
por
un
periodo
de
cinco
(05)
días
hábiles.-
Art.4)
Comuníquese,
dese
al
Registro
Municipal
y
archívese.-
FIRMADO:
Cra.
Sara
E.
MAJOREL
–
Intendente
Municipal
Dra.
Vilma
N.
SIGAUDO
–
Secretaria
de
As.
Jurídicos
y
As.
Letrada
Cra.
M.
Paola
ANASTASI
–
Secretaria
de
Economía