La Justicia habilitó la candidatura a intendente de Martín Llaryora

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De esta forma, el diputado nacional podrá participar de los comicios de la ciudad de Córdoba. Córdoba Cambia podría apelar la decisión.

La Justicia Electoral habilitó la candidatura a la intendencia de Martín Llaryora por el espacio Hacemos por Córdoba (HCP), de cara a los comicios de la ciudad de Córdoba que se realizarán el próximo 12 de mayo.

De esta manera, la jueza Marta Vidal hizo lugar al recurso de apelación interpuesto la alianza “Hacemos por Córdoba” y, consecuentemente, revocó el resolutorio emitido por la Junta Electoral Municipal el pasado domingo, indica La Mañana.

En su resolución, la magistrada señaló que “al desconocer la existencia y eficacia probatoria de los contratos de locación de inmueble a nombre de Llaryora, en una consecución ininterrumpida de hechos y actos válidos concatenados, con pago de servicios y expensas”, la Junta privó de la prueba fundamental para demostrar la residencia del candidato impugnado”.Ver imagen en Twitter

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Justicia Córdoba@justiciacerca

El Juzgado Electoral autorizó al candidato Martín Llaryora a competir por la intendencia de Córdoba http://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/Inicio/indexDetalle.aspx?codNovedad=1734 …17:29 – 4 abr. 2019Ver los otros Tweets de Justicia CórdobaInformación y privacidad de Twitter Ads

“El candidato posee un nexo de conocimiento con el electorado de la ciudad y no solo una relación ‘de asiento’, más allá del domicilio que figuraba en su documento, en la ciudad de San Francisco, donde reside su grupo familiar”, expresa además la resolución. Y agrega: “La voluntad y su vínculo político y profesional con la ciudad queda evidenciada en el itinerario de compromisos institucionales que ha venido asumiendo el candidato”.

Asimismo, Vidal señalo que el domicilio constituye solo una presunción “iuris tantum”, es decir, que admite prueba en contrario. El candidato puede no figurar en el padrón municipal de la ciudad de Córdoba, no tener domicilio en ella en su documento de identidad, pero sí acreditar residencia como condición del control de legalidad”, indicó la magistrada.

Serán finalmente los electores del municipio de la ciudad de Córdoba quienes con su voto decidan el destino de sus habitantes”, enfatizó.

En tanto, Córdoba Cambia podría apelar la decisión en la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación.