A partir de la presentación del proyecto de ley que establece una cantidad mínima de mujeres en cartel.
Vale aclarar que, además de las solistas, consideramos que se cumple esta condición cuando hay una mujer al frente de la banda o, al menos, en un rol protagónico dentro del grupo. En otras palabras, no alcanza con que algún integrante de una banda sea mujer para que demos por válida la “presencia femenina”.
El proyecto de ley lleva la firma de quince senadores (catorce mujeres y un hombre) y establece un mínimo de 30% de mujeres en las carteleras de festivales. Uno de sus artículos establece que “Se consideran sujetos obligados al cumplimiento del cupo referido a aquellos que cumplan la función de productor/a y/o curador/a y/o organizador/a y/o responsable comercial del evento, entendiendo que si estas condiciones están repartidas entre diferentes personas humanas o jurídicas la obligación impuesta por la presente norma los alcanza de manera solidaria a todos ellos”.
El proyecto también establece las posibles sanciones para quienes incumplan con la norma: una multa por un valor equivalente hasta el seis por ciento de la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado el evento.
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