VISTO: La Ordenanza N° 3133, y su modificatoria N° 3135, que autorizan al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar a cabo las gestiones necesarias para ejecutar la obra “Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural e Instalaciones Complementarias en Barrios Anthony Vogt y María Dellarossa de Marcos Juárez”; y
CONSIDERANDO:
Que en su art. 14 –modificado por Ordenanza N° 3135–, habilita un registro de oposición;
Que el mismo artículo instruye al Departamento Ejecutivo a definir por Decreto la fecha de apertura y cierre del registro, horarios de atención, área municipal que recibirá y evaluará las oposiciones, así como demás condiciones a cumplir por los interesados”;
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUÁREZ
DECRETA
Art.1) HABILÍTESE el REGISTRO DE OPOSICIÓN a la obra “Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural e Instalaciones Complementarias en Barrios Anthony Vogt y María Dellarossa de Marcos Juárez” –autorizada por Ordenanza N° 3133–, por el término de treinta (30) días corridos a partir de la apertura del mismo.
Art.2) El registro de oposición permanecerá abierto a partir del martes dieciséis de mayo (16/05/2023) a la hora 07:00, hasta el miércoles catorce de junio (14/06/2023) a la hora 14:00, inclusive.
Art.3) Quien desee oponerse a la ejecución de la obra deberá acreditar su identidad y su condición de propietario o poseedor del inmueble que será beneficiado por esta, presentando en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Marcos Juárez:
3.1.- Fotocopia de frente y dorso del documento de identidad de todos los que expresen su oposición.
3.2.- Para acreditar titularidad: a) copia de escritura del inmueble; o b) publicidad de matrícula emitida por el Registro de la Propiedad de Córdoba.
3.3.- Para acreditar posesión: a) copia de boleto de compraventa con firmas certificadas ante escribano público; b) copia de Decreto del Juez que admite la demanda de usucapión y copia de publicidad de matrícula emitida por el Registro de la Propiedad de Córdoba; o c) copia de auto de adjudicación del inmueble, pendiente de inscripción.
3.4.- Nota en la que fundamente la oposición, la que deberá contener: a) individualización clara del inmueble (dirección, nomenclatura catastral, número de cuenta y matrícula); b) identificación de los titulares o poseedores del inmueble, con nombre completo, número de documento y teléfono de contacto; y c) firma y aclaración de cada titular o poseedor.
Art.4) Desígnese a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas para recibir y evaluar las oposiciones presentadas. Vencido el plazo de oposición, esta deberá emitir dictamen final para cada barrio (Anthony Vogt y María Dellarossa), indicando:
4.1.- Cantidad de oposiciones presentadas, con identificación de los inmuebles, y sus titulares o poseedores;
4.2.- Cantidad de oposiciones desestimadas, con fundamento.
4.2.- Porcentaje de oposiciones válidas, en relación al total de lotes a beneficiarse con la nueva obra en el barrio respectivo.
4.3.- Detalle de causas presentadas por quienes manifestaron su oposición de manera válida.
4.4.- Resolución sobre desistimiento o autorización de la obra.
Art.5) Si las oposiciones fundadas superasen el treinta por ciento (30%) del total de los vecinos frentistas de la obra a ejecutar, la Municipalidad desistirá de la ejecución de la obra en uno o ambos barrios, según corresponda; en caso contrario, quedará automáticamente autorizada a disponer las medidas necesarias tendientes a la ejecución de la misma.
Art.6) Publíquese el presente en la página web y redes sociales de la Municipalidad, hasta el día 14/06/2023, y por tres (03) días hábiles continuos o discontinuos, en los medios de difusión locales: gráficos, radiales y televisivos.
Art.7) Comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
FIRMADO:
Cra. Sara E. MAJOREL – Intendente Municipal
Dra. Vilma N. SIGAUDO – Secretaria de As. Jurídicos y As. Letrada