Publicación
oficial
–
Resolución
Enargas
I/910
–
Obra
de
Gas
Natural
para
localidad
de
Marcos
Juárez,
Departamento
Marcos
Juárez,
Provincia
de
Córdoba.
NOMBRE
DE
LA
OBRA:
PROVISIÓN
DE
GAS
NATURAL
A
CALLE
REMEDIOS
DE
ESCALADA
Y
OTRAS
–
B°
VILLA
ARGENTINA
–
MARCOS
JUÁREZ
–
DC
00503/589.
-
DELIMITACIÓN
CATASTRAL:
Conforme
a
los
Planos
de
Anteproyecto
Redes
de
Distribución,
elaborados
por
la
Distribuidora
de
Gas
del
Centro
S.A.,
las
redes
de
distribución
de
Gas
Natural
involucran
ciento
cuarenta
(140)
parcelas
/
usuarios
frentistas:
de
la
manzana
03-02-043,
las
parcelas:
001,
002,
003,
004,
005,
030,
031,
100;
de
la
manzana
03-02-048,
las
parcelas:
001,
010,
011,
012,
013,
014,
015,
016,
017,
018;
de
la
manzana
03-02-047,
las
parcelas:
008,
100,
101,
102,
006;
de
la
manzana
03-02-129,
las
parcelas:
100,
101,
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
114,
115,
116,
117,
118,
119,
120,
121,
122,
123;
de
la
manzana
03-02-130,
las
parcelas:
100,
101,
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
114,
115,
116,
117,
118,
119,
120,
121,
122,
123;
de
la
manzana
03-02-090,
las
parcelas:
005,
100,
101,
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
118,
119;
de
la
manzana
03-02-091,
las
parcelas:
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
114,
115,
116,
117;
de
la
manzana
03-02-131,
las
parcelas:
100,
101,
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
114,
115,
116,
117;
de
la
manzana
03-02-132,
las
parcelas:
100,
101,
102,
103,
104,
105,
106,
107,
108,
109,
110,
111,
112,
113,
114,
115,
116,
117. -
CRONOGRAMA
DE
EJECUCION
Y
DEFINICION
DE
ETAPAS:
El
plazo
de
ejecución
de
la
obra
se
fija
en seis
(6) meses
(ciento
ochenta
días)
a
partir
de
la
autorización
del
inicio
de
obra
otorgado
por
la
Distribuidora
de
Gas
del
Centro
S.A.
(ECOGAS).
La
obra
se
ejecutará
en
una
sola
etapa
y
de
forma
funcional
de
acuerdo
lo
que
establece
la
NAG
113.
Una
vez
habilitada
la
obra,
será
operada
y
explotada
comercialmente
por
la
Distribuidora
de
Gas
del
Centro
S.A.
(ECOGAS). -
EJECUTOR: La
obra
será
realizada
por
Constructora
Halac
S.A.,
matrícula
N°333,
inscripta
en
el
Registro
de
Empresas
Contratistas
y
supervisadas
por
la
Distribuidora
de
Gas
del
Centro
S.A. -
MONTO
DE
LAS
OBRAS:
La
obra
tiene
un
monto
de
obra
de
pesos
doscientos
nueve
millones
doscientos
setenta
y
cinco
mil
($209.275.000,00).
Este
importe
incluye
IVA. -
EROGACIONES
TOTALES
A
CARGO
DE:
a) La
Distribuidora
(sin
recupero):
Asesoramiento
y
asistencia
técnica
y
comercial,
anteproyecto
de
la
obra
prevista,
inspecciones
técnicas,
interconexiones
y
empalmes
a
instalaciones
existentes.
Provisión
de
medidores
para
toda
categoría
de
clientes,
habilitación
y
puesta
en
servicio
de
acuerdo
a
la
normativa
vigente,
elementos
para
acondicionamiento
y
odorización
del
gas,
operación
y
mantenimiento
de
la
obra. b) Los
interesados:
Los
mismos
abonarán
el
costo
de
la
obra
según
se
detalla
a
continuación
en
las
modalidades
de
pago. -
MODALIDADES
DE
PAGO: El
monto
a
abonar
corresponde
a
la
construcción
de
la
Red
de
Distribución,
obras
complementarias,
y
accesorios.
La
obra
contempla
la
colocación
del
servicio
domiciliario,
a
lotes
edificados
que
cumplan
con
lo
dispuesto
en
los
arts.
11
y
12
de
la
NAG-113
de
ENARGAS,
en
al
menos
diez
(10)
lotes
beneficiados;
para
lo
cual
debe
estar
colocada
la
caja
de
regulación
y
medición,
la
que
deberá
ser
provista
y
colocada
por
el
vecino.
La
reparación
de
los
contrapisos,
veredas,
frentes
afectados,
y
pavimentos,
serán
responsabilidad
compartida
entre
la
CONTRATISTA
y
el
FUTURO
USUARIO,
y
se
ejecutarán
garantizando
la
restitución
de
la
zona
afectada
a
su
condición
original.
La
reposición
de
contrapisos,
frentes,
y
la
colocación
de
mosaicos,
será
a
cargo
de
los
frentistas,
y
la
reparación
del
pavimento
(en
caso
de
corresponder),
la
hará
la
contratista;
y
serán
ejecutados
dentro
de
los
plazos
indicados
en
el
apartado
8.6
de
la
NAG
140,
siendo
su
cumplimiento
requisito
necesario
para
la
recepción,
habilitación
y
puesta
en
servicio
de
la
obra.
El
monto
a
pagar
por
los
frentistas
por
la
obra
mencionada
(valor
de
recupero
de
la
obra)
se
compone
de
la
siguiente
manera: a) Pesos
sesenta
y
cinco
mil
($65.000)
por
metro
lineal
de
frente,
IVA
incluido. b) Pesos
ciento
sesenta
mil
($160.000)
por
conexión
domiciliaria,
IVA
incluido.
El
cobro
de
la
obra
se
prorrateará
de
la
siguiente
forma: a) en
los
lotes
esquina
(edificados
o
no),
con
ambos
frentes
beneficiados
por
la
obra
de
gas,
los
metros
serán
determinados
por
el
frente
de
menor
longitud; b) en
los
lotes
intermedios,
por
metro
lineal
de
frente.
El
cobro
de
la
obra
realizada
será
efectuado
por
la
Municipalidad.
A
tal
fin
emitirá
UN
CERTIFICADO
DE
DEUDA
POR
FINAL
DE
OBRA,
por
el
monto
que
resulte
a
los
precios
vigentes
al
momento
de
su
emisión,
para
cada
uno
de
los
inmuebles
beneficiados
por
la
obra,
que
contendrá:
a)
Nombre,
apellido
y
domicilio
del
obligado
al
pago;
b)
Datos
catastrales
que
individualicen
la
propiedad;
c)
Importe
adeudado;
d)
Nombre
del
acreedor
y
domicilio
de
pago.
El
CERTIFICADO
DE
DEUDA
POR
FINAL
DE
OBRA
establecerá
una
fecha
límite
para
que
el
contribuyente
se
presente
al
área
de
Rentas
y
defina
su
forma
de
pago,
pudiendo
optar
por:
a)
Contado,
con
una
bonificación
sobre
el
importe
a
pagar
por
el
BENEFICIARIO;
o
b)
Financiado,
en
cuotas
mensuales,
ajustables
mensualmente
por
el
coeficiente
variación
salarial
(CVS)
publicado
por
el
INDEC.
El
Departamento
Ejecutivo
determinará
por
Decreto
la
bonificación
por
pago
de
contado,
la
cantidad
de
cuotas
por
pago
financiado,
y
demás
condiciones.
8. DOCUMENTACIÓN
Y
REGISTRO
DE
OPOSICIÓN:
Los
libros
del
proyecto
indicado
en
esta
publicación
se
encuentran
habilitados
en
la
Secretaría
de
Planeamiento
y
Obras
Públicas,
destinados
a
consultas,
información
y
Registro
de
Oposición
de
la
Municipalidad
de
Marcos
Juárez,
sita
en
bulevar
Hipólito
Yrigoyen
N°
959
de
la
misma
localidad,
en
el
horario
de
07:00
a
14:00,
a
partir
del
día
09
enero
de
2025
hasta
el
14
de
febrero
de
2025,
inclusive.
Dicha
oficina
cuenta
con
el
proyecto
correspondiente
a
la
obra
propuesta
y
anteproyectos
de
origen.
El
Registro
de
Oposición
se
pone
a
consideración
de
quienes
acrediten
fehacientemente
ser
propietarios
o
poseedores,
futuros
beneficiarios
de
la
obra,
y
cumplan
con
los
requisitos
exigidos
en
el
Decreto
N°
006/2025.