El radar que está situado en la carretera RM-12 de Murcia, en el punto kilométrico 17,537 (justo antes de la salida hacia Cabo de Palos y Las Salinas, en La Manga), es el último episodio conocido sobre multas incorrectas en el terreno de los excesos de velocidad. Y en este caso todo se ha debido, aparentemente, a la falta de aplicación de la ley por parte de las personas encargadas de decidir cómo se configuraba el cinemómetro.
En la carretera RM-12, el límite de velocidad está establecido en 100 km/h. Sin embargo, el radar ha estado denunciando a los conductores que superaban 90 km/h, márgenes aparte. A la práctica, las denuncias se han consignado por «circular a 99 km/h teniendo limitada la velocidad a 90 km/h».
Según relata Diario de La Manga, la Delegación del Gobierno en Murcia ha confirmado el error del radar, sin que se haya hecho público el número de denuncias que se han consignado de forma incorrecta durante el tiempo que el cinemómetro ha estado detectando excesos de velocidad inexistentes.
A finales de enero entró en vigor la reforma legal por la cual las carreteras convencionales pasaban de tener un solo límite genérico de velocidad: 90 km/h.
Sin embargo, el mismo redactado del artículo 48 del Reglamento General de Circulación deja clara una excepción:
En carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación, el titular de la vía podrá fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg
Y esa es la parte de la ley que se aplicó en la carretera RM-12 cuando se llevó a cabo la integración de los límites de velocidad genéricos, ya que esta vía cuenta, efectivamente, con separación física de ambos sentidos mediante barreras de hormigón tipo New Jersey, y el titular decidió mantener a la práctica los límites previos al cambio normativo.
Sin embargo, el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas de la DGT no pareció reparar en esta circunstancia cuando modificó a principios de mes los radares fijos de la zona, de manera que, ignorando la señalización vertical que hay en esa carretera, que es clara y cristalina según se observa a simple vista, fijó el radar para detectar excesos tomando 90 km/h como base.
Anulación automática de las multas de radar tramitadas de forma indebida
Según ha informado la Delegación del Gobierno en Murcia, el error de este radar fue subsanado hace unos días, de manera que el cinemómetro ya funciona con arreglo a lo que dice la ley.
Los expedientes sancionadores abiertos contra los conductores de los vehículos detectados en este tiempo pueden correr ahora dos suertes:
- Que se anulen de forma automática, sin que el conductor deba preocuparse por presentar recurso, si el radar detectó erróneamente un exceso de velocidad.
- Que sigan su curso con el consiguiente recálculo, si la velocidad detectada por el radar superaba los 100 km/h, más el 5 % de margen.