La
Renta
2024
está
a
la
vuelta
de
la
esquina,
y
es
importante
tener
ya
recaba
toda
la
documentación
que
nos
hará
falta
para
presentar
este
trámite
tan
fundamental
en
el
año.
La
Renta
poco
a
poco
es
cada
vez
más
significativa,
ya
que
el
SMI
comenzará
a
tributar
por
IRPF
y
también
todos
los
desempleados
tendrán
que
presentar
la
renta,
sea
cual
sea
el
ingreso
que
hayan
tenido.
Pero
para
poder
optimizar
la
Renta,
e
incluso
no
llegar
a
pagar
nada
de
IRPF
si
se
cobra
el
SMI,
son
importantes
las
deducciones
o
desgravaciones
fiscales.
En
la
normativa
fiscal
se
pueden
encontrar
una
gran
cantidad
de
deducciones
que
va
a
ir
reduciendo
la
base
monetaria
que
va
a
tributar
para
el
cálculo
del
IRPF.
De
esta
manera,
se
trata
de
pagar
lo
menos
posible
a
Hacienda
o
incluso
que
nos
devuelvan
algo
de
dinero.
En
este
artículo
analizamos
algunas
de
las
deducciones
más
comunes
que
te
vas
a
poder
aplicar,
y
también
fáciles
de
justificar,
y
que
te
ayudarán
a
pagar
menos
en
tu
declaración
de
la
Renta.
Pero
tanto
para
este
año
como
pensando
en
la
del
siguiente
año.
Donaciones
a
ONGs
o
partidos
políticos
Puede
ser
usual
que
se
haga
una
donación
a
alguna
asociación
benéfica
que
tiene
alguna
causa
detrás
como
por
ejemplo
la
investigación
o
el
apoyo
a
colectivos
desfavorecidos.
Todas
estas
deducciones
te
las
vas
a
poder
desgravar
en
la
Renta,
así
como
las
cuotas
que
se
pagan
a
asociaciones
y
también
sindicatos.

Hasta
150
euros
de
donación
o
de
cuota
mensual
vas
a
poder
desgravarte
en
la
Renta
el
80%,
siempre
que
sea
una
ONG
reconocida
por
el
Estado.
A
partir
de
los
150
euros
se
reduce
hasta
el
35%.
En
el
caso
de
sindicatos
se
va
a
poder
deducir
el
35%
de
las
cuotas,
sin
ningún
tipo
de
límite.
Si
apoyas
a
algún
partido
político
legalmente
registrado
ante
el
Ministerio
del
Interior,
vas
a
poder
disfrutar
de
una
deducción
del
20%
con
un
máximo
de
600
euros.
Deducciones
en
el
alquiler
y
la
compra
de
una
vivienda
Ya
el
año
pasado
vimos
como
muchas
comunidades
autónomas
apostaban,
dentro
de
su
competencia
fiscal,
a
habilitar
una
deducción
por
el
pago
del
alquiler
o
la
compra
de
una
vivienda
a
diferentes
colectivos.
Los
porcentajes
van
a
variar
entre
comunidades
autónomas,
y
si
es
tu
situación
es
importante
estar
atento
a
la
publicación
de
los
detalles.
Si
el
contrato
de
alquiler
está
firmado
antes
del
1
de
enero
de
2015
si
que
vas
a
poder
desgravarte
a
nivel
estatal
el
10,05%
siempre
que
la
base
imponible
no
supera
los
24.107,20
euros
anuales.
Pero
siempre
esto
hay
que
tenerlo
muy
bien
justificado
con
un
alquiler
completamente
legal
y
siempre
que
el
propietario
esté
al
corriente
de
los
pagos
de
IRPF
por
este
alquiler.
Deducción
por
gastos
de
alimentos
o
transporte
En
el
caso
de
que
seas
autónomo,
son
muchos
los
gastos
que
te
vas
a
poder
deducir
en
el
modelo
100.
Las
dietas
que
hayas
tenido
en
el
día
a
día
en
materia
de
comida
o
alojamiento,
incluso
en
el
transporte
que
hayas
tenido
que
coger
para
desarrollar
la
actividad
laboral,
se
van
a
poder
deducir
de
la
Renta.
Todo
ello
con
el
objetivo
de
reducir
la
base
imponible
y
pagar
menos
IRPF.
Obviamente
todas
estas
deducciones
van
a
ser
estudiadas,
sobre
todo
si
nunca
las
has
presentado
en
las
declaraciones
anteriores.
En
este
caso
el
requerimiento
de
información
se
fundamentará
en
las
facturas
que
justifiquen
todos
los
gastos,
y
también
si
son
compatibles
con
tu
actividad
económica
que
tengas
dada
de
alta
en
el
IAE.
Imágenes
|
Ibrahim
Boran
Christian
Dubovan


































