Queremos autónomos pero que trabajen como lo haría un empleado por cuenta ajena. Y esto no funciona así, ya que el TRADE decide que día trabaja, en que horario y si va o no a la oficina de su cliente a hacerlo. Imponer este tipo de organización supondría ser un falso autónomo.
Lo mismo ocurriría a la hora de aceptar los trabajos de otra empresa. El cliente principal no tiene ningún derecho a decir si podemos o no realizar otros encargos para otras empresas. Lo único que hay que tener en cuenta es que el límite del 75% de nuestra facturación tiene que mantenerse dentro del porcentaje dedicado a un cliente de forma prioritaria.
Si un TRADE va todos los días a la oficina de su cliente porque allí encuentra las condiciones adecuadas para desarrollar su trabajo es su decisión. Si durante una semana prefiere hacer sus tareas desde casa porque su hijo está enfermo, por ejemplo es cosa suya. Y la empres debe asumirlo, pues es parte de la relación laboral que han adoptado con este trabajador.
Podremos decir lo mismo de cuando decidan tomarse sus vacaciones, que recordemos son de 18 días. La empresa no puede imponer las fechas. Está claro que en estos casos se suele llegar a un acuerdo de conveniencia. Cuando más trabajo hay, y más encargos se dan al TRADE, más factura. Por lo tanto a la hora de coger vacaciones suelen ser consensuadas. Pero incluso en el caso de haber tenido un buen año y decidir irse en un momento de mucho trabajo no podrían decirle nada.
De todas formas el registro de los TRADE, una mayor regulación que han pedido las organizaciones de Autónomos y muchos grupos políticos tienen en su agenda, ayudarían a imponer unas reglas de juego más claras para empresas y autónomos, que en estos casos siempre son el eslabón más débil por su relación de dependencia con la empresa cliente.
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