Si pensabas utilizar a un familiar para librarte de una multa, hay malas noticias: 15.000 euros de multa y nueve meses de cárcel

0
8

Utilizar
el
carné
de
conducir
de
un
tercero
para
librarse
de
la
retirada
de
puntos.
La
práctica
es
tan
habitual
que
es
posible
encontrar
anuncios
en
espacios
digitales
de
compra
y
venta,
como

Milanuncios
.
Eso
mismo
es
lo
que
hizo
un
conductor
en
2015.
Ahora,
el
Tribunal
Supremo
ha
dirimido
su
caso
y
tiene
malas
noticias.


La
identificación
.
Cuando
en
una
autopista
o
autovía
circulamos
por
encima
de
150
km/h,
el
conductor
se
arriesga
a
la

retirada
de
dos
a
seis
puntos
del
carné
de
conducir
.
La
cuantía
económica
supera,
en
estos
casos,
los
200
euros
y
puede
llegar
a
los
600
euros.

Sin
embargo,
cuando
esta
velocidad
es
registrada
por
un

radar
fijo

(o
con

Pegasus
),
la
DGT
obligará
a
que
identifiquemos
al
conductor
con
la
intención
de
restar
a
la
persona
que
conducía
el
vehículo
los
puntos
correspondientes.
Una
laguna
en
la
que
muchos
conductores
encontraron
un
buen
caladero.


Prefiero
que
me
quites
el
dinero
.
Esa
obligación
de
identificar
al
conductor
ha
llevado
a
una
estafa
reiterada:
endosar
la
multa
por
pérdida
de
puntos
a
un
tercero.
Suele
ser
relativamente
sencillo
con
personas
mayores
que
han
dejado
de
conducir
y
a
las
que
les
da
igual
los
puntos
con
los
que
cuentan
en
su
licencia.

La
situación
puede
ser
mucho
más
dañina
para
quien
trabaja
a
expensas
de
mantener
una
licencia
de
conducción
activa,
como
puede
ser
un
repartidor.
No
es
extraño,
por
tanto,
que
en
espacios
digitales
de
compraventa
lleguemos
a
encontrar
anuncios
en
los
que
se
propone
la
compra
de
puntos
del
carné
de
conducir
de
otras
personas
por
una
cantidad
que,
en
algunos
casos,

llega
a
los
1.000
euros
por
punto
retirado
.


Falsedad
documental
.
La
maniobra
es
recurrente
porque,
como
los
radares
fijos
«cazan»
al
vehículo
por
detrás
,
es
complicado
confrontar
la
versión
de
que
un
conductor
de
90
años
no
era
el
que
estaba
tras
el
volante
de
un
coche
que
ha
registrado
una
velocidad
de
160
km/h.

Sin
embargo,
tiene
muchos
riesgos
ya
que
quienes
endosen
sus
puntos
a
la
licencia
de
un
tercero
estará
incurriendo
en
un
delito
de
falsedad
documental,
lo
que
multiplica
los
problemas
en
caso
de
que
la
Justicia
descubra
que
estamos
tratando
de
engañarles.
Es
lo
sucedido
a
este
conductor
de
León.


15.000
euros
de
multa
.
El
caso
de
este
hombre
se
registró
en
2015.
Entonces,
fue
sancionado
por
exceso
de
velocidad
con
un
castigo
que
obligaba
a
la
retirada
de
puntos.
Para
evitarlo,
registró
a
su
padre
de
82
años
como
infractor.
Pagada
la
multa,
todo
debía
haberse
quedado
en
lo
que
muchas
veces
sucede:
un
engaño
a
la
administración.

Este
caso,
sin
embargo,
es
particular
porque
el
conductor
no
mantenía
una
buena
relación
con
su
padre
quien,
al
enterarse
de
la
treta,
denunció
al
conductor,
explican
en


El
País
.
Ahora,
una
década
después,
el
Tribunal
Supremo
se
ha
reafirmado
en
la
condena
impuesta
por
instancias
inferiores:
15.000
euros
de
multa
y
una
pena
de
cárcel
de
nueve
meses.

El
Tribunal
Supremo
asegura
que
el
conductor
faltó
a
la
verdad
al
contestar
al
requerimiento
de
la
sanción
y
se
reafirma
en
la
condena
de
la
Audiencia
Provincial
de
León,
quienes
alegaron
que
se
había
producido
un
delito
de
falsedad
documental.


Inconsistencias
.
Para
defenderse,
el
conductor
alegó
que
durante
los
años
previos,
la
Justicia
no
ha
seguido
una
jurisprudencia
concreta.
Así
mismo,
aseguraba
que
en
su
forma
de
actuar
se
daba
una «falsedad
ideológica»
o,
lo
que
es
lo
mismo,
faltar
a
la
verdad
en
la
narración
de
los
hechos.

Sin
embargo,
el
Tribunal
Supremo
asegura
que
esto
no
es
cierto.
Entienden
que
al
falsear
el
registro
del
conductor
se
produce
una
alteración
del
documento
en

mismo.
Así,
esto
hace
que
el «documento
en
su
totalidad
constituya
una
falacia”,
al
tiempo
que
recordaba
que
ha
producido
un
daño
directo
sobre
la
figura
del
padre.

Foto
|
 Andrea
Piacquadio

En
Xataka
|
 Alguien
ha
olvidado
un
Volkswagen
Golf
durante
un
año
en
el
aeropuerto
de
Berlín:
el
ticket
del
parking
ya
suma
201.500
euros