Son
muchos
los
mutualistas
de
nuestro
país
que
por
un
fallo
de
la
propia
Hacienda
en
su
día
pagaron
en
conceptos
de
cotizaciones
mucho
más
dinero
del
que
correspondía.
Ante
este
hecho,
la
Agencia
Tributaria
habilitó
el
19
de
marzo
un
formulario
para
que
todos
estos
afectados
pudieran
solicitar
el
dinero
que
les
corresponde,
con
una
cifra
que
puede
llegar
hasta
los
4.000
euros.
Un
trámite
que
posteriormente
se
pidió
retrasar
hasta
el
20
de
abril
con
el
objetivo
de
que
la
AEAT
pudiera
recabar
los
datos
de
la
Seguridad
Social
y
otros
organismos.
Pero
una
vez
presentada
la
solicitud
de
reembolso,
llega
el
momento
en
el
que
se
inicia
un
periodo
de
transición
hasta
que
la
Agencia
Tributaria
da
el ‘Okey’
a
este
trámite.
Es
por
ello
la
importancia
de
consultar
el
estado
de
tramitación.
solicitar
el
CERTIFICADO
DIGITAL
de
PERSONA
FÍSICA
de
la
FNMT
Ya
puedes
consultar
cuándo
cobrarás
los
4.000
euros
por
tus
cotizaciones
indebidas
Consultar
el
estado
es
realmente
importante,
ya
que
aunque
en
un
principio
para
este
trámite
no
hace
falta
aportar
documentación,
la
Agencia
Tributaria
va
a
poder
solicitar
datos
complementarios
como
tu
vida
laboral.
Pero
igualmente,
como
nos
tiene
acostumbrada
Hacienda,
este
es
un
trámite
que
no
es
inmediato
y
que
va
a
tardar
un
poco
en
ser
aprobado.
La
documentación
también
se
puede
pedir
en
el
caso
de
que
el
pago
se
haga
a
los
herederos.
Aunque
como
decimos,
hay
forma
de
consultar
el
estado
de
la
tramitación
de
tu
devolución
si
eres
mutualista.
Para
ello
simplemente
tendrás
que
acceder
a
la
web
de
Hacienda
dedicada
a
las
devoluciones,
siendo
esta
la
misma
que
tuviste
que
usar
para
presentar
la
solicitud.s

Si
bien,
entre
las
opciones
que
aparecen
vas
a
tener
que
pulsar
en
Consulta
estado
tramitación
formulario.
Para
acceder
a
la
información
simplemente
tendrás
que
iniciar
sesión
con
tu
certificado
digital,
Cl@ve
o
el
número
de
referencia.
Al
identificarte
te
van
a
aparecer
alguno
de
los
siguientes
estados:
-
Resulta
una
cantidad
a
devolver:
se
producirá
el
abono
de
dicho
importe
en
la
cuenta
bancaria
indicada
próximamente. -
No
resulta
cantidad
a
devolver:
el
solicitante
recibirá
una
comunicación
indicando
esta
circunstancia
y
el
motivo.
Si
al
solicitante
no
se
le
han
aplicado
retenciones,
o
bien
ya
se
le
han
devuelto
cuando
presentó
la
declaración,
en
términos
generales
no
habrá
ya
tributación
que
reducir
por
esta
normativa.
-
No
es
posible
calcular
la
reducción
a
aplicar
con
la
información
disponible:
la
AEAT
le
solicitará
información
adicional
para
realizar
dicho
cálculo.
Como
se
puede
ver,
los
estados
son
escasos
y
la
verdad
es
que
concisos.
El
tiempo
que
se
tarda
en
llegar
al
final
del
procedimiento
y
tener
una
respuesta
es
completamente
variable,
aunque
si
no
se
recibe
respuesta
en
seis
meses
se
puede
entender
que
ha
sido
denegado
por
silencio
administrativo.
Imágenes
|
Markus
Spiske
En
Genbeta
|
Esta
ayuda
de
12.000
euros
puede
ser
tuya
si
eres
autónomo
o
PYME
cumpliendo
estos
requisitos