Rechazaron que su empleada teletrabaja para cuidar a su hijo discapacitado y esta denunció: la justicia les ha dado una sorpresa

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El
teletrabajo
siempre
se
ha
concebido
como
una
forma
de
mejorar
la

conciliación
familiar

con
el
mundo
laboral,
además
de
otras
muchas
ventajas
como
por
ejemplo

ahorrar
dinero
en
el
desplazamiento

o
incluso
disminuir
los
niveles
de
estrés.
Pero
a
veces
hasta
donde
llega
esta
conciliación
puede
estar
en
duda,
y
es
por
ello
que
las
resoluciones
judiciales
tratan
de
regular
e
interpretar
la
reciente
ley
para
saber
qué
podemos
hacer
y
que
no
con
el
teletrabajo.

El
Juzgado
de
lo
Social
nº1
de
Las
Palmas
de
Gran
Canaria
ha
dictado
una
sentencia
que
sin
duda
creará
precedentes:

va
a
permitir
a
una
mujer
teletrabajar
cinco
días
a
la
semana

para
cuidar
a
su
hijo
dependiente.
De
esta
manera,
se
da
la
razón
a
la
trabajadora
y
no
a
la
empresa
que
no
veía
bien
aplicar
la
jornada
de
teletrabajo
por
este
motivo.

El
teletrabajo
como
una
forma
de
cuidar
a
los
hijos

Las
situaciones
de
esta
trabajadora
son
muy
concretas.
Llevaba
teletrabajando
en
la
empresa
desde
2022
y
cuenta
con
un
hijo
con
una
discapacidad
reconocida
del
80%
lo
que

le
convierte
en
un
gran
dependiente

que
requiere
cuidados
constantes.
De
esta
manera,
la
madre
va
a
poder
mantener
su
trabajo
y
cuidar
a
su
hijo
a
la
vez.

Quokkabottles Cwgelddwdss Unsplash

Quokkabottles Cwgelddwdss Unsplash

La
empresa
denegó
en
un
primer
momento
su
solicitud.
Argumentaba
que
esta
medida

podría
desconectar «a
la
empleada
del
trabajo
del
equipo»

y
que
en
el
acuerdo
firmado
con
Endesa
no
se
encontraba
regulada
esta
posibilidad.
La
única
opción
que
le
quedaba
a
esta
madre
era
solicitar
una
ayuda
para
que
alguien
cuidara
de
su
hijo
mientras
trabajaba
en
una
oficina.

«No
existe
ningún
obstáculo
empresarial»

ha
argumentado
el
magistrado
en
su
sentencia.
Apunta
a
que
las
funciones
que
realiza
esta
trabajadora
al
ser
meramente
administrativas
las
puede
realizar
a
distancia,
sin
problema,

simplemente
con
un
ordenador
y
una
conexión
a
internet
.
De
esta
manera,
han
querido
primar
el
bienestar
del
menor
en
una
situación
de
alta
vulnerabilidad.

El
teletrabajo
no
era
novedad.
La
trabajadora
ya
contaba
desde
el
año
2022
con
una

jornada
híbrida

en
la
que
pasaba
3
días
en
casa
y
dos
días
en
la
empresa
de
manera
presencial.
Pero
lógicamente
solicitó
hacerlo
todos
los
días
desde
casa
para
darle
mejores
cuidados
a
su
hijo
que
estaba
en
espera
de
una
plaza
en
un
centro
de
día.
Algo
que
no
gustó
a
la
empresa
que
ha
acabado
en
los
tribunales.

Este
derecho
no
es
nuevo.
En
el
pasado
recogíamos
la

aprobación
del
Real
Decreto-ley
5/2023

que
apuntaba
precisamente
a
una
ampliación
en
la
posibilidad
de

solicitar
la
adaptación
de
la
jornada
laboral

si
se
tenía
que
hacer
el
cuidado
de
hijos
e
hijas.

Se
reforzaba
precisamente
con
el
Estatuto
de
los
Trabajadores
que
en
su
artículo
34.8

apunta

precisamente
a
que
«las
personas
trabajadoras
tienen
derecho
a
solicitar
las
adaptaciones
de
la
duración
y
distribución
de
la
jornada
de
trabajo,
en
la
ordenación
del
tiempo
de
trabajo
y
en
la
forma
de
prestación,
incluida
la
prestación
de
su
trabajo
a
distancia,
para
hacer
efectivo
su
derecho
a
la
conciliación
de
la
vida
familiar
y
laboral.
Dichas
adaptaciones
deberán
ser
razonables
y
proporcionadas
en
relación
con
las
necesidades
de
la
persona
trabajadora
y
con
las
necesidades
organizativas
o
productivas
de
la
empresa».

Imágenes
|

quokkabottles


Oleksandr
Pidvalnyi
 

Vía
|

Xataka

En
Genbeta
|

Los
jefes
están
hartos
del
teletrabajo:
hay
estudios
que
les
dan
la
razón,
pero
también
otros
que
se
la
quitan