Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi pidieron licencia por cinco días y evalúan renunciar a la Cámara Federal tras la resolución de la Corte Suprema de Justicia que decidió mantenerlos en sus cargos pero de manera provisoria hasta tanto se realicen los concursos que postularán a otros magistrados para esos puestos.
El pedido de licencias se formuló ante el presidente de la Cámara Federal porteña, Martín Irurzun. En un duro escrito, Bruglia dijo que la resolución del máximo tribunal “lo convierte en un juez provisorio, un status que no existe”.
Además, reafirmó que en 2017, cuando solicitó al Consejo de la Magistratura pasar a la Cámara Federal, lo hizo “con la inteligencia y el convencimiento de que iba a ser permanente y definitivo”.
“El fallo de la Corte pronunciado el día de ayer (martes), ha producido un cambio sustancial y abrupto en el status quo jurídico del instituto y por ende de mi situación laboral, pasé de un momento a otro a ser convertido en un juez provisorio regido ya por un instituto sin género, superpuesto con las subrogancias, situación que debo analizar con la tranquilidad del caso”, señaló Bruglia.
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El magistrado se quejó de que la Corte convalidó años atrás sus traslados y que “habiendo tenido significativas oportunidades de expedirse, incluso hace dos años, nunca objetó la constitucionalidad del sistema”.
Antes de regresar formalmente a sus cargos, luego de dos meses de licencia, los jueces se tomarán cinco días más para evaluar su futuro. En este sentido no se descarta que opten por renunciar a sus cargos, en clara señal de protesta a la decisión del máximo tribunal y a la intención del Gobierno de removerlos de sus cargos al señalar que no habían tenido el visto bueno del Senado de la Nación.
Los argumentos de la Corte
La decisión del máximo tribunal de sostener de manera provisoria a Bertuzzi y Bruglia se sustenta en dos fundamentos: los traslados no son definitivos e interpretarlos de esa manera violaría la Constitución y la independencia del Poder Judicial, y los concursos públicos son los únicos reconocidos por la Carta Magna como método válido para la designación de jueces.
En este sentido, la Corte señaló que de no respetarse este último punto, “se habilitaría la designación discrecional de jueces” en diferentes puntos del país e implicaría que se puede llegar a ser magistrado de un tribunal por caminos que no están contemplados por la Constitución. De esta forma el máximo tribunal reafirma que solo se debe llegar a esos cargos a través de un concurso, terna o el acuerdo del Senado.
Respecto a esta cuestión, los magistrados señalaron en el fallo que “esta interpretación no puede admitirse ya que habilitaría el acceso a la magistratura de modo definitivo mediante traslados que se prolongan en el tiempo como una costumbre que contradice la Constitución Nacional”.
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