Toda la zona. Los cordobeses elegiremos al Gobernador, Intendentes yâÂÂJefes Comunales, Tribunales de Cuentas, Legisladores, a través de la Boleta Única de Sufragio.
¿Qué se vota?
A nivel provincial se vota: Gobernador y Vice; Legislador por distrito único; Legislador departa- mental y Tribunal de Cuentas Provincial.
A nivel municipal se eligen: Intendente, Concejales y Tribunal de Cuentas Municipal.
A nivel comunal: Comisión Comunal y Tribunal de Cuentas.
¿Quienes votan?
Son electores provinciales los ciudadanos argentinos con domicilio en la provincia de Córdoba, mayores de 16 años de edad hasta el día de la elección y que reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley; todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar; es optativo y no obligatorio el voto para los menores de 18 y mayores de 70 años; son también electores provinciales los extranjeros que teniendo una residencia permanen- te y continua en la Provincia de Córdoba superior a cinco (5) años, soliciten voluntariamente -ante el Juzgado Electoral- su incorporación en el fichero correspondiente.
¿Dónde voto?
La Justicia Electoral creó el sitio con el padrón definitivo para po- der participar con el voto en estas elecciones y saber dónde emitir el sufragio.
¿Cómo voto?
La Justicia Electoral de la Provincia de Córdoba publicó un simulador para que los votantes puedan practicar y despejar cualquier duda previo al 12 de mayo, evitando el voto nulo.
¿Cuántos candidatos a Gobernador hay?
En la Boleta Única, los ciudadanos verán ubicadas las listas en el siguiente orden:
– Partido Humanista.
– Córdoba Cambia.
– Encuentro Vecinal Córdoba.
– Unión del Centro Democrático (UCEDE).
– Política Abierta para la Integridad Social (PAIS).
– Unión Cívica Radical.
– Frente de Izquierda y los Trabajadores.
– Movimiento Avanzada Socialista.
– Hacemos por Córdoba.
– Movimiento de Acción Vecinal.
– Vecinalismo Independiente.
– Partido Unión Ciudadana.
– Movimiento Socialista de los Trabajadores.
¿Si no voto, debo justificarlo?
Si. Hasta 60 días posteriores a la elección se debe justificar la no emisión del sufragio en forma personal, en Caseros 684, de lunes a viernes de 8 a 14, con la documentación correspondiente:
– En caso de haber estado a más de 500 Km del lugar de votación se debe presentar constancia policial de la localidad donde el votante estuvo, ticket o pasaje aéreo.
– Si el voto no se concretó por cuestiones de salud, la persona de- be presentar un certificado de sa- lud emitido por un establecimiento público.
¿Cuando comienza la veda?
A partir de las 8 del día viernes 10 de mayo y de conformidad a lo establecido por el art. 66 de la Ley 9571, y hasta el día domingo 12 al cierre de los comicios, queda prohibido cualquier tipo de acto de proselitismo que pueda alterar la veda electoral.
¿Puedo llevar teléfono celular al votar?
Mediante resolución, el Tribunal Electoral provincial dispuso prohibir la utilización de celulares por parte de los ciudadanos en el recinto de votación.
El tribunal subrayó que, actualmente, los teléfonos celulares permiten la obtención de imágenes fotográficas, por lo que su utilización por parte de los ciudadanos en la cabina o el biombo de votación constituye un riesgo para el secreto del sufragio.
11-05-2019