Las medidas de la cuarentena total que anunció el Presidente de la Nación

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Este jueves poco después de las 21, el presidente Alberto Fernández dictó la cuarentena (o aislamiento) obligatoria desde las cero horas de este viernes 20 y hasta el día 31 de marzo.

La decisión fue tomada en el marco de una reunión que encabezó el mandatario nacional en Olivos con los gobernadores y que se desarrolló este jueves.

«Por este decreto, todas las argentinas y argentinos, deberán someterse a partir de las cero hora deberán someterse al aislamiento social preventivo y obligatorio. Esto quiere decir que a partir de ese momento nadie puede moverse de sus casas. Estamos cuidando la salud de los argentinos. La medida se sostendrá hasta el 31 de marzo a las 23.59», confirmó.

Con un total de 128 infectados y tres fallecidos en el país hasta este jueves, y con seis provincias que ya habían anunciado el cierre de sus fronteras, el Gobierno nacional trabajó en las últimas horas en conseguir el consenso para la drástica decisión.

El punto más importante del decreto que se publicará mañana en el Boletín Oficial de la Nación indica que violar la cuarentena es un delito contra la salud pública, que implicará la detención y la posibilidad del secuestro del auto, en el caso de trasladarse con el vehículo.

La cuarentena total determinará que permanezcan cerradas las escuelas -hoy ya están sin dar clases- y las fronteras. Nadie podrá entrar ni salir del país por ningún medio, ya sea autos, colectivos, trenes o aviones.

Las medidas son: 

1- A partir de las 0 del viernes 20 de marzo, todos los argentinos deberán someterse a aislamiento social preventivo y obligatorio: todos tienen que quedarse en sus casas.

2- La medida se prolongará hasta las 24 horas del 31 de marzo.

3- Se adelanta el feriado del 2 de abril al 31 de marzo, el 30 de marzo será feriado puente.

4- Los negocios de cercanía se mantendrán abiertos: se podrán hacer compras de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad.

5- Prefectura, gendarmería, policía federal y policías provinciales controlaran quienes transitan las calles.

6- Quien no pueda justificar qué hace en la calle será sometido a las sanciones que prevé el código penal.

7-  hay actividades exceptuadas del resguardo: conducción de los gobiernos nacionales, provinciales y municipales; sanidad, fuerzas de seguridad y armadas; trabajadores en la producción de alimentos, fármacos; petróleo, refinerías, etc.

8- Se conformará un Gabinete Federal que vaya atendiendo el problema de la pandemia y las cuestiones ligadas a la economía.

9- Se van a dictar normas para aliviar la situación de los monotributistas y del sector no formal.

Quedan exceptuados:

·         Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

·         Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

·         Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

·         Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

·         Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

·         Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

·         Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

·         Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

·         Personal afectado a obra pública.

·         Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

·         Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

·         Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

·         Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

·         Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

·         Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

·         Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

·         Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

·         Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

·         Servicios de lavandería.

·         Servicios postales y de distribución de paquetería.

·         Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

·         Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

Bancos.

Los bancos funcionarán con la misma normalidad de estos días sólo durante la jornada del viernes. Habrá dos horas exclusivas para atender a los jubilados, sólo se permitirá que ingresen a las sucursales 10 personas y permanecerá la medida en la que sólo el 50% de los empleados trabaja en el lugar y el otro 50% lo hace desde sus casas. Todo cambiará el miércoles 25, el jueves 26 y el viernes 27: durante estos días días, los bancos de todo el país permanecerán cerrados.