En el año 2017 el experto Independiente sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de las Naciones Unidas recomendó a la Argentina la adopción de una serie de medidas intersectoriales para mejorar la aplicación de la Ley de Identidad de Género sancionada por el Congreso de la Nación en el año 2012 y, puntualizando en el mejoramiento del acceso a la educación, la atención de la salud, el empleo, la vivienda, el crédito, las becas y otras oportunidades, incluidas modalidades alternativas de trabajo y empleo para las mujeres transgénero. Por Regina Rinaldoni
En consonancia con esto y principalmente por la lucha activa de quienes desde hace años militan por los derechos de las personas travestis y trans, el pasado 3 de septiembre el Ejecutivo Nacional sanciono mediante el decreto 721/2020 la obligación de que, al menos, el 1% de los cargos del personal del sector público nacional sean ocupados por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes sin que ello implique el cese de ningún otro puesto de trabajo.
La norma prevé además que, a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo. Y esto no es un capricho sino que las estadísticas indican que las personas que integran este colectivo sufren la exclusión histórica de los ámbitos educativos. Por esta misma razón es que el texto legal dispone que quienes no hayan terminado sus estudios se permitirá su ingreso con la condición de cursar o bien finalizarlos.
Se crea además un registro de anotación voluntaria de personas travestis, transexuales y/o transgénero aspirantes a ingresar a trabajar en el sector público nacional en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad sonde deberán constar los perfiles laborales de las personas inscriptas en el mismo y se pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades, las que deberán informar a la cartera mencionada los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles.
Celebro con el título “Gran Conquista” no por la magnitud del cambio puntual que genera en el colectivo esta ley, sino porque es un avance en materia de derechos humanos de la minorías más vulnerables que históricamente han sido estigmatizadas, criminalizadas y patologizadas sistemáticamente no solo por la sociedad sino por las instituciones. Tras el puntapié estatal se abre la puerta a un impulso de una ley integral para el reconocimiento del cupo también en el sector privado.
El avance en términos de inclusión laboral de travestis y trans presupone la posibilidad de elegir su propio destino y no de verse obligadxs a tener que trabajar en condiciones indignas y de riesgo para su propia vida y salud.
De cualquier manera, eternamente estaremos en deuda como estado y como sociedad con aquellas victimas que no pudieron gozar de derecho alguno, que sufrieron y sufren la discriminación constante de un mundo que las excluye por sus elecciones y autopercepciones, y por sobre todo con aquellas que han muerto en manos de seres humanos despreciables o de las propias instituciones que las castigaron y olvidaron.
Foto: Ornella Infante, directora Nacional de Políticas contra la Discriminación