Las autoridades de protección de datos de varios países europeos están poniendo su lupa sobre Meta, la empresa propietaria de Facebook e Instagram, por su reciente introducción de suscripciones de pago (de 9,99 €) que permiten a los usuarios evitar la visualización de anuncios personalizados a cambio de una tarifa mensual.
Y es que, si bien esta medida fue adoptada por Meta precisamente con el objetivo de ajustarse a lo establecido en el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) de la UE, los reguladores de Noruega y Estonia han planteado serias dudas sobre la validez de esta solución.
Noruega ve «chantaje» donde Meta ve alternativa
En Noruega, la Datatilsynet —el equivalente noruego a nuestra AEPD— está llevando a cabo una investigación para determinar si realmente la propuesta de Meta se ajusta al RGPD: la controversia gira en torno al modo en que Meta justifica la recopilación de datos personales de los usuarios.
El RGPD establece varias vías para legitimar la recopilación de datos, como el consentimiento, el contrato o el interés legítimo. Y ahí es donde comienza la polémica:
- Entrada en vigor del RGPD y primera posición de Meta: En mayo de 2018, cuando el RGPD se implementó en la UE, Meta cambió la política de privacidad de sus plataformas, afirmando que recopilarían y procesarían datos de los usuarios bajo una relación contractual.
- Demandas de activistas: Los activistas en defensa de la privacidad, organizados en una asociación llamada Noyb, no estuvieron convencidos por esta medida y presentaron una demanda ante el Comité de Protección de Datos de Irlanda (DPC).
- Respuesta de las autoridades de protección de datos: Tras un prolongado proceso, finalmente el DPC determinó que Meta había incumplido el RGPD. Pero el dictamen del DPC fue considerada demasiado leve, lo que llevó al Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB) a intervenir.
- Reacción de Meta y veredicto del TJUE: Meta pasó a intentar justificar su recopilación de datos bajo otro argumento, el de «interés legítimo», alegando que sus plataformas no podrían funcionar sin estos datos. Este cambio no convenció al Tribunal de Justicia de la UE, que dictaminó que la recopilación de datos no es esencial para el funcionamiento de las plataformas de Meta, aunque sí lo sea para mostrar publicidad personalizada.
Fue precisamente esta sentencia la que dio pie al nuevo modelo de suscripciones premium: permitiendo a los usuarios evitar la recopilación de datos a cambio de una tarifa (y a Meta compensar la posible pérdida de ingresos por publicidad).
A pesar de esto, hay críticos que ven estas suscripciones como un «chantaje», ya que obligan a los usuarios a pagar para evitar que Meta siga recopilando su de datos… en lugar de compensar a los afectados por la recopilación irregular de datos que Meta ya realizó en el pasado.
Cambiarlo todo para que todo siga igual
Por su parte, la autoridad de protección de datos de Estonia también ha expresado su preocupación por las suscripciones de pago de Meta. Argumentan que el modelo actual de Meta en Europa realmente no constituye un consentimiento válido según el RGPD y que el precio de la suscripción es tan alto que la mayoría de las personas no podrán pagarla…
…lo que a efectos prácticos proporciona una excusa a Meta para seguir haciendo lo mismo que hasta ahora: procesar los datos personales de los usuarios para exponerles a publicidad personalizada.
Aunque Meta argumenta que está cumpliendo con las regulaciones de privacidad al ofrecer suscripciones de pago, esta controversia desencadenada por Noruega y Estonia podría obligar a Meta a replantear su oferta a los usuarios europeos, y tendría repercusiones significativas para el futuro de la recopilación de datos y de la publicidad personalizada en nuestro continente.
Imágenes | Marcos Merino mediante IA
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