Si en algo casi todo el mundo está de acuerdo en los últimos tiempos es en la gran utilidad que han tenido los ERTES, ayudando tanto a trabajadores como a empresas. Por eso se han convertido en un elemento estratégico de cara la futuro. Vamos a ver como quedan los nuevos ERTES como mecanismo de flexibilidad, tras la nueva Reforma Laboral de Yolanda Díaz.
El objetivo es que esta herramienta deje de ser algo excepcional para convertirse en la primera opción a la que recurran las empresas cuando pasan por dificultades, sin que sea el despido la única alternativa que tienen si necesitan reestructurar sus plantillas.
Tal y como indican en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre
Se incorporan medidas para facilitar el uso de los expedientes temporales de empleo, como fórmula alternativa y prioritaria a las extinciones –artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores–, y un nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilización del empleo –artículo 47 bis, que se incorpora a dicho texto legal– para atender las necesidades excepcionales de naturaleza macroeconómica o sectorial que justifiquen la adopción de medidas de ajuste y protección temporal, así como inversiones de carácter público, previa declaración de tal circunstancia mediante acuerdo del Consejo de Ministros.
Más agilidad para los ERTES
Varias de las modificaciones introducidas en los nuevos ERTES son fruto del aprendizaje y negociaciones llevadas a cabo entre Gobierno y agentes sociales durante la crisis del coronavirus. Por ejemplo dar más agilidad, reduciendo el periodo de consultas en empresas de menos de 50 trabajadores a 7 días.
También, se incorporan como causa específica del ERTE, el impedimento o las limitaciones a la actividad derivadas de decisiones gubernamentales. Además los ERTE van a necesitar de un informe de Inspección de Trabajo, que deberá resolver en cinco días y se entenderá el silencio administrativo como positivo.
Las empresas van a poder afectar o desafectar empleados en función de la a actividad de la misma, obtener bonificaciones en cotizaciones sociales o financiación si desarrollan actividades formativas para los trabajadores en ERTE.
La legislación laboral potenciará los ERTE con exoneraciones del 90% para todos los casos de fuerza mayor y del 20% para los ERTE llamados ETOP, los vinculados a causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, que estarán ligados a la formación. Si las empresas no cumplen con el requisito de mantener el empleo, estarán obligadas a devolver todas las exoneraciones de cada trabajador cuyo contrato se haya extinguido.
Según las modificaciones realizadas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores:
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas.
¿Qué es el mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo?
El mecanismo RED es un instrumento de flexibilidad y estabilidazación del empleo que permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo. Este Mecanismo RED tendrá dos modalidades:
- Cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización, con una duración máxima de un año.
- Sectorial, cuando en un determinado sector o sectores de actividad se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras, con una duración máxima inicial de un año y la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.
Para la financiación de esta herramienta se va a constituir un fondo que tendrá como finalidad atender a las necesidades futuras de financiación derivadas de la modalidad cíclica y sectorial del Mecanismo RED en materia de prestaciones y exenciones a las empresas del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, incluidos los costes asociados a la formación, en la forma y condiciones previstas en su normativa de desarrollo.
¿Qué ocurre con los actuales ERTES?
Los ERTES actualmente en funcionamiento están vigentes hasta el 28 de febrero de 2022 por lo que en principio no se verían afectados en sus condiciones. A partir de aquí, ya hay un mecanismo previsto y negociado con agentes sociales al que las empresas con dificultades podrían acudir.
Lo que queda por ver es cómo se sigue comportando la situación sanitaria, si hay nuevas restricciones o cual es la marcha de la economía. En todo caso parece una buena solución a la hora de tener una alternativa cuando una empresa tiene problemas.