El número de empresas en concurso de acreedores sube un 30 % y a pesar de todo, no son malas noticias

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En el tercer trimestre de 2022 el número de deudores concursados alcanzó la cifra de 3.108, lo que supone un aumento del 30% respecto al mismo período del año anterior, y un 9% respecto al trimestre anterior. Pero si nos fijamos en los datos, por tipo de concurso, son voluntarios 1.829 (un 54,5% más que en el tercer trimestre de 2021), consecutivos 1.256 (un 5,3% más), y necesarios 23 (un 76,9% más que en el segundo trimestre de 2021 1 ).

Si el concurso de acreedores es un procedimiento judicial que se aplica cuando una empresa o empresario no puede hacer frente a sus deudas, declarando su insolvencia, es una buena noticia que las empresas no esperen a estar en quiebra para presentarse a concurso y así garantizar que los trabajadores cobren los salarios pendientes.

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Los concursos que crecen más son los obligados pero tengamos en cuenta que esto se debe también al fin de la moratoria. Las empresas han tenido que afrontar obstáculos como la crisis debida a la pandemia del Covid, la guerra en Ucrania, la inflación y el aumento del coste de la electricidad.

Si bien las estadísticas sobre concursos de acreedores declarados durante el último trimestre de este año reflejan cifras poco optimistas ya que el total de deudores aumentó un 30% respecto al año anterior, este periodo coincide con el límite que estableció el Gobierno para paliar los envites de la crisis sanitaria.

Desde el Colegio de Registradores se muestran cautos ya que los datos reflejan un aumento moderado en el número de concursos, algo que, si bien no es buena noticia, era esperable. Si comparamos las cifras con el trimestre anterior, el incremento no llega a los dos dígitos. Habrá que esperar a los datos de los próximos trimestres.

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Tipos de solicitud del concurso

La ley en la que se apoya el concurso de acreedores, Ley 22/2003, de 9 de julio, intenta la no disolución total de la empresa y fomenta la conservación del patrimonio. En esta normativa, el socio pone su patrimonio como garantía hipotecaria y es el último en cobrar la deuda.

Existen dos tipos de solicitud:

  • Solicitud voluntaria: cuando es realizada por la persona física o la persona responsable de la sociedad en el caso de las empresas. En estos casos, el empresario individual o societario es quién, al tener conocimiento de la posible quiebra de la empresa o de una situación de insolvencia aún no declarada, tiene la obligación de presentar la solicitud del concurso en un plazo máximo de dos meses. Si se admite a trámite será un concurso voluntario.
  • Solicitud forzosa: cuando el concurso de acreedores es fruto de un requerimiento de un acreedor o de alguno de los socios de la empresa, generalmente disconforme con la dirección. Un juez tramitará la solicitud de concurso de acreedores y decidirá si se aprueba o no.
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El fin que todos desean es evitar la disolución de la empresa

El concurso de acreedores es un procedimiento con el fin de  solventar los problemas de insolvencia y falta de liquidez de un negocio, que busca por una parte que los acreedores puedan cobrar y por otra encontrar soluciones para conseguir la continuidad del negocio y evitar la quiebra.

Quedémonos con la parte positiva, es posible que cuando se declare el concurso de acreedores la empresa continúe activa y desarrolle su actividad habitual como venía haciendo hasta ahora. En todo caso, dentro de un mal escenario, es mucho mejor que nuestra empresa forme parte de un concurso de acreedores a desaparecer.