Comienzan a implementarse las recetas electrónicas

0
11


CABA.

A
partir
de
este
lunes
rige
la
nueva
reglamentación
de
la
Ley
Nacional
de
Receta
Electrónica.
A
través
del
Decreto
N°345/2024.
la
normativa
establece
un
cambio
en
la
modalidad
de
las
prescripciones
-de
medicamentos,
órdenes
de
estudios
y
prácticas
indicadas
por
profesionales
de
la
salud-
que
fueron
realizadas,
tradicionalmente,
en
papel.
Ahora
serán
a
través
de
plataformas
digitales.

Para
facilitar
el
proceso
de
implementación,
el
Ministerio
de
Salud
de
la
Nación
creó
el
Registro
Nacional
de
Plataformas
Digitales
Sanitarias
(ReNaPDiS)
que
permitirá
el
registro
de
todas
las
plataformas
existentes
con
el
objetivo
de
mejorar
los
procesos
de
modernización
e
interoperabilidad
entre
sistemas.
Este
proceso
prevé
una
instancia
para
la
adhesión,
registración
y
readecuación
de
las
plataformas
digitales,
con
un
plazo
de
180
días.

También
actualizó
el
registro
de
profesionales
de
la
salud
inscriptos
en
el
Sistema
Integrado
de
Información
Sanitaria
Argentino
(SISA);
y
se
puso
a
disposición
un
procedimiento
de
carga
masiva
para
que
las
jurisdicciones
tengan
actualizada
la
información
de
los
profesionales
matriculados
y
habilitados
para
ejercer,
de
modo
que
puedan
ser
validados
para
prescribir
recetas
electrónicas.

En
esta
instancia
de
adecuación,
por
un
lado
se
iniciará
la
adhesión
sucesiva
de
las
provincias
conforme
se
incorporen
a
esta
modalidad
de
prescripción.
Por
otro,
las
plataformas
deberán
inscribirse
en
el
ReNaPDiS,
y,
de
ser
necesario,
tendrán
que
adaptar
sus
sistemas
para
cumplir
con
los
requisitos
estipulados
dentro
del
cronograma
establecido.


La
convivencia
de
los
dos
sistemas

Durante
la
etapa
de
adhesión
y
registración,
las
plataformas
de
recetas
electrónicas
que
funcionan
en
la
actualidad
pueden
continuar
emitiendo
recetas
mientras
completan
el
trámite
en
el
ReNaPDiS.
Una
vez
inscriptas,
cada
receta
estará
identificada
con
un
código
que
permitirá
verificar
su
unicidad
en
todo
el
país.
Este
identificador
asegura
la
transparencia
en
la
dispensa
tanto
para
los
pacientes
como
para
los
demás
actores.

Como
en
todo
proceso
de
digitalización
de
la
información
y
a
fin
de
garantizar
el
acceso
a
la
salud,
las
implementaciones
de
sistemas
digitales
-y
en
este
caso
de
recetarios
electrónicos-
deben
contemplar
un
soporte
alternativo
para
situaciones
de
contingencia
o
fuerza
mayor. 

Durante
el
período
de
registración
de
las
plataformas,
los
profesionales
que
no
cuenten
con
recetarios
electrónicos
podrán
confeccionar
recetas
en
papel
y
con
ellas
las
personas
podrán
obtener
sus
medicamentos
en
una
farmacia
como
hasta
ahora.
Y
una
vez
que
la
totalidad
de
las
plataformas
estén
inscriptas,
esta
modalidad
permanecerá
como
condición
de
excepción
en
zonas
de
difícil
acceso
o
sin
conectividad.

Las
farmacias
seguirán
aceptando
las
recetas
de
acuerdo
con
el
cronograma
establecido
en
el
ReNaPDiS.
Esto
incluye
tanto
a
las
recetas
emitidas
en
papel
como
a
aquellas
realizadas
a
través
de
plataformas
habilitadas
o
en
proceso
de
adecuación.

Para
evacuar
cualquier
tipo
de
dudas,
se
encuentra
disponible
en
el
sitio
web
oficial
del
Ministerio
de
Salud
de
la
Nación,
un
micrositio
de
Receta
Electrónica
que
ofrece
instructivos
y
contenidos
explicativos
sobre
la
implementación
para
los
distintos
públicos
usuarios
de
la
herramienta:
población
general,
profesionales,
farmacias,
plataformas. 

En
tanto,
para
consultas
puntuales
se
habilitó
un
canal
de
contacto
específico,

[email protected]
,
para
enviar
por
correo
electrónico
cualquier
pregunta.


30-06-2024