Circular incorrectamente por el carril izquierdo o adelantar por la derecha: Cataluña confirma quiénes se llevan más multas

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33

En
España
estamos
peleados
con
el
carril
derecho
de
nuestras
autopistas.
Al
menos,
esa
es
la
sensación
que
muchos
conductores
tenemos
porque
los
datos
no
siempre
apoyan
nuestra
teoría.
La
gran
duda
es
cómo
de
veraces
son
esos
datos.

Si
tenemos
en
cuenta
los
datos
aportados
por
los
Mossos
d’Esquadra,
está
claro
que
los

adelantamientos
por
la
derecha

son
nuestro
pan
de
cada
día.
Pero,
si
hay
alguien
adelantando
por
la
derecha
es
que,
probablemente,
alguien
circula
irregularmente
por
la
izquierda.

Sea
como
sea,
tenemos
datos
de
multas
de
una
u
otra
maniobra.

Qué
dice
la
normativa

Antes
de
pasar
a
los
datos,
vamos
a
recuperar
qué
dice
la
normativa.
Según
el
artículo
16.1
del

Reglamento
General
de
Circulación
,
el
uso
de
los
carriles
debe
respetarse
de
la
siguiente
manera:

El
conductor
de
un
automóvil,
que
no
sea
un
vehículo
para
personas
de
movilidad
reducida,
o
de
un
vehículo
especial
con
la
masa
máxima
autorizada
que
reglamentariamente
se
determine,
debe
circular
por
la
calzada
y
no
por
el
arcén,
salvo
por
razones
de
emergencia,
y
debe,
además,

atenerse
a
las
reglas
siguientes
:

a)
En
las
calzadas
con
doble
sentido
de
circulación
y
dos
carriles,
separados
o
no
por
marcas
viales,
debe
circular
por
el
de
su
derecha.

b)
En
las
calzadas
con
doble
sentido
de
circulación
y
tres
carriles,
separados
por
marcas
longitudinales
discontinuas,
debe
circular
también
por
el
de
su
derecha,
y
en
ningún
caso
por
el
situado
más
a
su
izquierda.

c)
Fuera
de
poblado,
en
las
calzadas
con
más
de
un
carril
reservado
para
su
sentido
de
marcha,
debe
circular
normalmente
por
el
situado
más
a
su
derecha,
si
bien
podrá
utilizar
el
resto
de
los
de
dicho
sentido
cuando
las
circunstancias
del
tráfico
o
de
la
vía
lo
aconsejen,
a
condición
de
que
no
entorpezca
la
marcha
de
otro
vehículo
que
le
siga.

Es
decir,
en
circunstancias
normales,
en
autopistas
y
autovías
siempre
tendremos
que
circular
por
el
carril
derecho,
dejando
el
izquierdo
para
adelantar.
Podremos
hacer
uso
del
mismo
cuando

las
circunstancias
del
tráfico
o
de
la
vía
lo
aconsejen
,
sin
concretar
con
mayor
exactitud.

se
destaca
que
no
se
puede
entorpecer
la
marcha
de
otros
vehículos.

En
cuanto
a
los
adelantamientos,
la

Ley
de
Tráfico

especifica
lo
siguiente
en
su
artículo
33:

1.-
En
todas
las
carreteras,
como
norma
general,
el
adelantamiento
debe
efectuarse
por
la
izquierda
del
vehículo
que
se
pretenda
adelantar.

2.-
Por
excepción,
y
si
existe
espacio
suficiente
para
ello,
el
adelantamiento
se
efectuará
por
la
derecha
y
adoptando
las
máximas
precauciones,
cuando
el
conductor
del
vehículo
al
que
se
pretenda
adelantar
esté
indicando
claramente
su
propósito
de
cambiar
de
dirección
a
la
izquierda
o
parar
en
ese
lado,
así
como
en
las
vías
con
circulación
en
ambos
sentidos,
a
los
tranvías
que
marchen
por
la
zona
central.

Y
el
Reglamento
General
de
Circulación
concreta
en
su
artículo
83:

2.-
Cuando
la
densidad
de
la
circulación
sea
tal
que
los
vehículos
ocupen
toda
la
anchura
de
la
calzada
y
sólo
puedan
circular
a
una
velocidad
que
dependa
de
la
del
que
los
precede
en
su
carril,
el
hecho
de
que
los
de
un
carril
circulen
más
rápidamente
que
los
de
otro
no
será
considerado
como
un
adelantamiento.

3.-
En
todo
tramo
de
vía
en
que
existan
carriles
de
aceleración
o
deceleración
o
carriles
o
partes
de
la
vía
destinadas
exclusivamente
al
tráfico
de
determinados
vehículos,
tampoco
se
considerará
adelantamiento
el
hecho
de
que
se
avance
más
rápidamente
por
aquellos
que
por
los
normales
de
circulación,
o
viceversa

Es
decir,
técnicamente
sólo
podremos
adelantar
por
el
carril
derecho
cuando
estemos
en
un
atasco
o
la
carretera
esté
lo
suficientemente
congestionada
para
que
un
carril
avance
de
manera
natural
más
rápido
que
el
otro.
También
cuando
el
conductor
del
carril
izquierdo
vaya
a
tomar
una
salida
por
ese
lado
o
vaya
a
detenerse
en
dicho
margen
izquierdo
(y
lo
haya
avisado)
o
cuando
se
avanza
por
un
carril
de
aceleración
o
deceleración.

En
cuanto
a
la
multa
que
se
aplica,
en
ambos
casos
la
sanción
es
de
200
euros,
ya
que
se
consideran
ambas
infracciones
como
graves.

Adelantar
por
el
carril
derecho,
mucho
más
castigado

Teniendo
todo
esto
en
cuenta,

la
agencia
EFE
se
ha
hecho
eco

de
los
datos
aportados
por
el

Servei
Català
de
Trànsit

quienes
han
hecho
público
las
multas
más
habituales
que
aplican
los
Mossos
d’Esquadra
en
las
carreteras
catalanas.

Según
sus
datos,
en
la
primera
mitad
del
año
se
impusieron
678
multas
por
adelantar
incorrectamente
por
la
derecha.
La
cifra
es
12
veces
más
alta
que
las
sanciones
por
circular
incorrectamente
por
el
carril
central
o
el
izquierdo
que
sumaron
un
total
de
58
infracciones.

Es
decir,
cada
mes
de
lo
que
llevamos
de
año
se
duplicó
el
número
de
sanciones
que
se
impusieron
por
adelantar
por
la
derecha
respecto
a
todas
las
multas
impuestas
por
circular
incorrectamente
en
la
suma
de
los
seis
primeros
meses
del
año.
Cada
mes,
se
contabilizaron
más
de
un
centenar
de
infracciones
en
adelantamientos.
Los
agentes
no
llegaron
a
registrar
10
multas
de
media
al
mes
por
circular
incorrectamente.

En
cuanto
a
la
localización
de
las
sanciones,
desde
los
Mossos
d’Esquadra
destacan
que
26
de
las
58
sanciones
por
circular
incorrectamente
por
el
carril
izquierdo
o
central
se
dieron
en
la
carretera
AP-7.

Foto
|

Michiel
Annaert

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que
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