Publicar sueldos en Facebook le costó el despido: la justicia ha sentenciado que no es un secreto y tienen que readmitirlo

0
6

En
2026,

una
normativa
europea

obligará
a
todas
las
empresas
a
hacer
públicas
sus
tablas
salariales.
De
esa
forma,
se
pone

fin
al
secreto
salarial

y
todos
los
empleados
pueden
saber
cuánto
cobran
los
compañeros
de
su
misma
categoría
profesional
y
puesto.

Sin
embargo,
en
2021,
el
empleado
publicó
en
su
perfil
de
Facebook
los
rangos
salariales
de
su
empresa.
Acto
seguido,
la
empresa
inició
una
investigación
que
terminó
con
el

despido
disciplinario

del
empleado
por
una
supuesta
revelación
de
secretos.
Ahora
el
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
Baleares
ha
declarado
nulo
el
despido
por
considerar
que
esos

datos
deben
ser
públicos

por
tratarse
de
información
genérica,
condenando
a
la
empresa
a
indemnizar
al
trabajador
que,
en
ese
momento,
se
encontraba
de
permiso
de
paternidad.


¿Qué
pasó?

Según
se
explica
en
la

resolución
623/2024

del
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
Palma
de
Mallorca,
en
abril
de
2021
se
inició
una
investigación
que
derivaría
en
el
despido
disciplinario
contra
un
empleado
que
había
publicado

las
tablas
salariales

para
nuevos
tripulantes
de
cabina
de
la
empresa
en
un
grupo
de
Facebook
con
22.000
usuarios.

Aunque
el
trabajador
estaba
disfrutando
su
permiso
de
paternidad
,
fue
citado
a
una
reunión
en
la
sede
de
la
empresa
para
que
explicara
la
publicación,
lo
que
él
consideró
una
intromisión
en
su «legítimo
derecho
al
permiso
por
paternidad
sin
necesidad
de
tener
que
atender
ninguna
actividad
laboral,
incluida
la
disciplinaria».

En
junio
de
2021,
mientras
aún
disfrutaba
de
dicho

permiso
parental
,
la
empresa
ejecutó
el
despido
disciplinario.
Para
ello
alegó
que
la
publicación
violaba
una
cláusula
17
de
su
contrato
laboral
y
los
artículos
54.2.b,
54.2.d,
que
regulan
las
condiciones
del
despido
disciplinario
y
del
artículo
65
del

Estatuto
de
los
Trabajadores

referente
a
la
discreción
profesional,
señalando «una
transgresión
de
la
buena
fe
contractual».


Aceptación
parcial
en
primera
instancia
.
En
primera
instancia,
el
Juzgado
de
lo
Social
nº4
de
Palma
validó
el
despido
disciplinario
en
2021.
Aunque
en
su
sentencia
reconoció
que

las
tablas
salariales

no
constituían
un «secreto
estratégico»
para
la
compañía.
Sin
embargo,

consideró
que
podría
haber
un
perjuicio
para
la
empresa
dado
que «el
salario
es
factor

determinante
de
contratación
«.

La
primera
sentencia,
destacó
que
la
respuesta
del
empleado
a
otros
usuarios
en
redes
sociales «instaba
a
replantearse
trabajar
en
la
compañía»,
perjudicando
el
prestigio
de
la
compañía
y,
según
se
recogía
en
la
sentencia,
justificaba
las
medidas
disciplinarias
que
había
adoptado
la
empresa.
Esta
decisión
obligó
al
trabajador
a
recurrir
al
TSJ
de
Baleares
para
impugnar
la
resolución.


Recurso
ante
el
Tribunal
Superior
de
Justicia.

El
TSJ
de
Baleares
analizó
tres
aspectos
clave
del
caso:
la
naturaleza
de
la

información
salarial
publicada
,
el
contexto
del
permiso
de
paternidad,
y
posibles
represalias
sindicales.
Sobre
las
tablas
salariales,
el
tribunal
sentenció
que «no
se
publicaron
nóminas
individualizadas
con
datos
personales,
sino
información
genérica»,
descartando
violación
de
la
Ley
de
Secretos
Empresariales
en
la
que
se
basaba
buena
parte
de
la
argumentación
del
despido
disciplinario.

Respecto
al

periodo
de
paternidad
,
el
fallo
subraya
que «el
despido
se
emitió
durante
el
disfrute
de
un
derecho
fundamental,
lo
que
por

solo
genera
nulidad».
También
consideró
que
el
hecho
de
que
el
proceso
disciplinario
se
hiciera
en
inglés
debido
por
tratarse
de
una
empresa
internacional,
provocó «indefensión»
para
el
empleado
y
detectó
indicios
de
represalia
por
su
candidatura
a
participar
en
el
comité
de
empresa.


Las
tablas
salariales
son
de
interés
público
.
La
sentencia
del
TSJ
de
Baleares
declaró
el
despido
nulo
por
dos
motivos
principales:
primero,
porque «las
tablas
salariales
son
de
interés
público»
y
segundo,
por
no
vulnerar
el

derecho
a
la
libertad
de
expresión

recogido
en
el
Artículo
20
de
la
Constitución.

«Es
un
derecho
constitucional
a
la
libertad
de
expresión
y
de
información.
Y
aun
cuando
la
breve
contestación
realizada
por
el
demandante
indicara
una
cifra
concreta
por
contrastar,
aunque
fuera
emitida
por
aproximación,
no
menos
cierto
es
que
acompañó
las
tablas
salariales
en
que
los
miembros
de
la
red
social
podrían
contrastar
las
percepciones
y
los
complementos
retributivos»,
señalaba
la
sentencia.


Readmitido
e
indemnizado
.
Como
consecuencia,
el
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
Baleares
ha
condenado
a
la
empresa
a
readmitir
de
nuevo
al
trabajador
por
haberle
despedido «habiendo
sido
emitido
en
el
periodo
de
disfrute
de
paternidad».

Además,
condena
a
la
empresa
a
indemnizar
al
empleado
con
15.000
euros
por
daños
morales
y
perjuicios
económicos
derivados
del
despido.

En
Xataka
|
«Impresentable»
y
sin
sentido:
la
justicia
declara
improcedente
un
despido
por
una
carta
generada
con
una
IA

Imagen
|
Unsplash
(omid
armin
),
Wikimedia
Commons
(Azulino)