Ahora, cuando Hacienda embargue tu cuenta bancaria, serás tú quien deba demostrar que el dinero no es embargable

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La
legislación
española,
tradicionalmente,
ha
protegido

ciertas
cantidades
de
ingresos
como
inembargables

para
garantizar
un
mínimo
vital
a
los
ciudadanos.
Esto
incluye,
por
ejemplo,

el
salario
mínimo
interprofesional
(SMI)
y
las
pensiones
no
contributivas
.

Sin
embargo,
una
reciente
sentencia
del
Tribunal
Supremo
ha
aclarado
que
sólo
las
cantidades
directamente
recibidas
como

sueldo,
salario
o
pensión
durante
el
mes
en
curso
o
el
anterior

están
protegidas.
Cualquier
saldo
acumulado
en
la
cuenta
que
exceda
estos
montos,
aunque
originalmente
provenga
de
dichas
fuentes,
puede
ser
susceptible
de
embargo.

Esta
decisión
se
deriva
de
un
proceso
legal
en
el
que
una
pensionista
transfirió
402
euros
de
una
pensión
no
contributiva
a
otra
cuenta
personal,
y
luego
se
enfrentó
a
un
embargo
de
350
euros
por
multas
de
transporte
público,
a
manos
de
la
Agencia
Tributaria.
El
juzgado
inicialmente
protegió
a
la
pensionista,
pero

el
Tribunal
Supremo
anuló
este
fallo,
destacando
que
había
otros
ingresos

en
la
cuenta
que
podrían
ser
embargados.

El
salario
mínimo
no
es
embargable…
pero
si
ahorras
una
parte
del
mismo,

lo
será

La
responsabilidad
del
ciudadano

Pero
este
cambio
de
criterio
tiene
profundas
implicaciones
tanto
para
los
ciudadanos
como
para
las
entidades
financieras,
pues
significa
que
ahora
recae
sobre
el
ciudadano
para
demostrar
que
los
fondos
en
sus
cuentas
no
son
embargables.
Esto
marca
un
cambio
significativo
respecto
a
la
práctica
anterior,
donde

se
asumía
que
los
fondos
de
naturaleza
protegida
eran
inembargables

a
menos
que
se
demostrara
lo
contrario.


Ahora,
por
el
contrario,
se
da
una
inversión
de
la
carga
de
la
prueba:

los
contribuyentes
deberán
ser
extremadamente
cautelosos
al
gestionar
sus
finanzas
personales
pues,
en
situaciones
de
embargo,
los
contribuyentes
ahora
tendrán
que
proporcionar
pruebas
activas
de
la
procedencia
de
cada
euro
en
sus
cuentas
para
evitar
embargos
potencialmente
indebidos.

En
definitiva,
el
ahorro
de
dinero
proveniente
de
sueldos
o
pensiones
en
una
cuenta
bancaria
ya
no
ofrece
la
misma
protección
que
antes.

Las
entidades
financieras
también
se
verán
afectadas,
ya
que
deberán
ajustar
sus
procesos
de
retención
y
gestión
de
embargos.

Se
espera
que
las
instituciones
financieras
proporcionen
a
sus
clientes
una
mejor
orientación

sobre
cómo
las
nuevas
reglas
podrían
impactar
la
administración
de
sus
cuentas
y
la
protección
de
sus
fondos.

Imagen
|
Marcos
Merino
mediante
IA

En
Genbeta
|

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