Covid-19. Se amplía horario de comercios habilitados hasta las 18

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El municipio decidió ampliar hasta las 18, a partir del martes 21, el horario de los comercios exceptuados. El decreto señala que la decisión es «debido a la detección de casos covid-19 positivos en supermercados locales y su consiguiente imposibilidad de apertura al público», por lo cual «la oferta se vio reducida, lo que conlleva mayor demanda a los demás comercios del ramo, produciéndose aglomeraciones, que generan situaciones que propician la propagación del virus» por lo que «resulta necesario extender el horario de atención al público de las actividades y servicios exceptuados mediante Decreto Nº 098/2020 para aminorar los riesgos, y autorizar el reparto a domicilio».
Agrega que «a los fines de atenuar la concurrencia a los centros de venta, se estima conveniente, ampliar el horario de reparto a domicilio de comidas elaboradas por casas de vianda, rotiserías, hasta las 23 horas y autorizar a comedores, restaurantes y bares a los mismos fines, pudiendo hacerlo en las modalidades de entrega a domicilio y retiro en el comercio».
Por otra parte, señala que «como consecuencia de una situación local, se podría afectar la actividad de otras zonas de la provincia y del país, que dependen de la producción local para cumplir con sus obligaciones, en tanto que al momento de disponerse el Cordón Sanitario Estricto en nuestra ciudad se encontraban pendientes de entrega productos ya terminados en industrias locales, se hace necesario autorizar el despacho de los mismos».

Concretamente, el horario de atención para comercios exceptuados será de 8 a 18 horas y podrán efectuar reparto a domicilio. Y el horario para la realización de reparto a domicilio de comidas de  casas de viandas y rotiserías hasta las 23 horas, extendiendo la autorización para la elaboración y reparto a domicilio a comedores, restaurantes y bares.

Se autoriza además a las empresas industriales que tuvieren en proceso de despacho productos terminados manufacturados y elaborados en la ciudad, la concreción del mismo, para lo cual deberán identificar el transporte que efectuará los traslados, en el caso que fuere foráneo, al ingresar a la ciudad, los camiones deberán tener precintadas o selladas sus cabinas y evitar el contacto de los choferes con personal de la empresa. Y el despacho deberá efectuarse en el horario de 8 a 18 horas. Se solicitará permiso de circulación sólo de los empleados afectados al despacho, a través de la página habilitada a tal fin.