La Agencia Tributaria amplía el plazo para presentar las liquidaciones con domiciliación a los afectados por el temporal Filomena

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La borrasca Filomena ha barrido la península ibérica de norte a sur, y pocas han sido las localidades que se han librado del impacto de esta gran borrasca. Por ello, la vida cotidiana se ha visto afectada un poco más, especialmente en la parte central del país, donde se estima que las secuelas del temporal seguirán con nosotros al menos una semana más.

Por ello, mediante la Orden HAC/5/2021 (BOE 14/01/2021), la Agencia Tributaria ha decidido prorrogar tres días el plazo para la presentación de liquidaciones con domiciliación bancaria, del 15 hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021, para todos aquellos contribuyentes que se hayan visto afectados por el temporal.

Tal aplazamiento afecta a algunos impuestos se encuentran más de una treintena de modelos correspondientes a determinadas declaraciones y pagos de empresas y autónomos. Tal y como recoge la norma, dichas declaraciones y autoliquidaciones serán las señaladas en el anexo II de la Orden EHA/1658/2009 cuyo plazo de presentación sea el 15 de enero. Entre ellos se encuentran el modelo 111, el modelo 115, el modelo 117 o el modelo 130, entre muchos otros.

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Eso sí, el contribuyente deberá demostrar que se ha visto afectado por el temporal Filomena. Sin embargo, tal y como recoge el diario La Razón, en la práctica no será necesaria ninguna una justificación previa para acceder a esta extensión de plazo, aunque la labor de control tan solo atendería a supuestos de abuso flagrante de la norma.

En cualquier caso, el plazo de ingreso de las autoliquidaciones no experimenta modificación, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.

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