Los autónomos en pluriactividad tendrán derecho a la prestación por cese de actividad

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Los autónomos en régimen de pluriactividad, es decir, aquellos que cotizan en dos regímenes de la Seguridad Social al mismo tiempo, también tienen derecho a la prestación por cese de actividad. Así lo ha dictaminado un juzgado de Lo Social de Madrid en una sentencia fechada el pasado 22 de enero, que daba la razón a una mujer autónoma que solicitó la prestación de julio-septiembre mientras también trabajaba como asalariada en otra empresa.

De esta manera, los trabajadores que se encuentren en esta situación no tendrán que renunciar al cese de actividad si reciben ingresos por cuenta ajena, y contempla la compatibilidad de ambas percepciones. Se trata de la segunda sentencia que da la razón a los trabajadores autónomos en pluriactividad, después de la dictaminada por el Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona allá por el mes de noviembre de 2020.

Para el juzgado, la intención del legislador es establecer tal compatibilidad con el fin de proteger al autónomo con independencia de si trabaja por cuenta ajena o no. Esto es especialmente relevante en el contexto actual de la covid-19, en el que se están estableciendo normas excepcionales que deben proteger tanto a asalariados como autónomos.

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En general, excluir a los trabajadores en pluriactividad es discriminatorio, al obligar a los trabajadores autónomos en pluriactividad a finalizar su actividad sin facilitarles una prestación por la que han estado cotizando. De hecho, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, todos los autónomos están obligados a cotizar por esta cobertura.

Es más, el artículo 9 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, por el que se ponen en marcha medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial en ningún momento contempla que los trabajadores en pluriactividad no puedan recibir tal prestación.