Permiso de lactancia: qué es y qué debes tener en cuenta si deseas solicitarlo

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El otro día nos hacíamos eco de la Proposición de Ley presentada por Unidos Podemos para ampliar el permiso de lactancia de los nueve meses actuales, hasta que el bebé cumpla su primer año. Pero, ¿qué es el permiso de lactancia?

Se trata de un derecho recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de Trabajadores que nada tiene que ver con la opción de alimentación elegida para tu bebé. Te contamos en qué consiste exactamente y todo lo que debes saber para solicitarlo.

¿Qué es el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia no tiene nada que ver con el permiso de maternidad, ni tampoco con la opción de alimentación que la madre haya elegido para su bebé, ya sea lactancia materna o leche de fórmula.

Según podemos leer en el Estatuto de los Trabajadores, se trata de un derecho que tienen todos los trabajadores a reducir su jornada laboral en un tiempo determinado (ahora lo analizaremos con más detalle) y hasta que su bebé cumpla los nueve meses.

Si eres funcionario, debes consultar el artículo 48.F del Estatuto Básico del Empleado Público para conocer las condiciones del permiso de lactancia, ya que no tienen nada que ver con las recogidas en el Estatuto de los Trabajadores

¿Cómo afecta a la jornada del trabajador este permiso?

  • El permiso consiste en una hora de ausencia del trabajo que podrás dividir en dos fracciones de media hora cada una.

  • Otra opción es que reduzcas tu jornada laboral en media hora al inicio o final de la misma (es decir, que entres media hora después o salgas media hora antes).

  • Si se prevé en el convenio colectivo, o se llega a un acuerdo con la empresa, también cabe la posibilidad de disfrutar de un permiso de lactancia acumulada, que consiste en agrupar en jornadas completas, el tiempo de lactancia al que tienes derecho hasta que tu bebé cumpla los nueve meses, descontando los días de descanso y festivos

Este cálculo debe hacerse en los términos previstos en la negociación colectiva, o según el acuerdo al que llegue con el empresario. Cuando es posible, esta suele ser la opción a la que más recurren las mujeres, ya que les permite sumar los días al permiso de maternidad y alargar la baja un poco más.

Aunque son los convenios colectivos los que establecerán el cálculo de los días de permiso que corresponden de permiso de lactancia, según podemos leer en la Guía Artemisa, de UGT, hay una sentencia reciente del Tribunal Supremo que declara que «la acumulación en jornadas completas debe obtenerse acudiendo a la hora de ausencia y no a la media hora de reducción de jornada».

Por tanto, con esta sentencia se dictamina que el cálculo para la acumulación de la lactancia en jornadas completas se debe hacer sobre una hora de ausencia y no sobre la media hora de reducción de jornada.

La duración del permiso de lactancia se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

¿El padre puede disfrutar de este permiso?

permiso de lactancia

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Sí. A partir partir de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, el permiso de lactancia se ha individualizado y puede ser disfrutado indistintamente por cualquier de los dos progenitores. Pero solo tu pareja o tú podréis solicitarlo en caso de que ambos trabajeis.

La reciente Proposición de Ley de Unidos Podemos pretende que ambos progenitores puedan acceder al permiso y disfrutar de ello al mismo tiempo, con el objetivo de favorecer la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos.

¿Pueden despedirme por solicitar el permiso de lactancia?

Como hemos dicho al inicio, el permiso de lactancia es un derecho de los trabajadores, por lo que en caso de que se produzca un despido al solicitarlo, se consideraría un despido nulo por vulneración de los derechos fundamentales del trabajador.

Igualmente, mientras dura tu permiso de lactancia tampoco podrán despedirte, a no ser que se trate de un despido justificado por causas disciplinarias.

Otros aspectos a tener en cuenta antes de solicitar este permiso:

  • Se trata de un permiso retribuido por la empresa, tanto en el supuesto de una hora de ausencia, como reducción de jornada en media hora o acumulado en jornadas completas.

  • Como trabajador, tienes la obligación de avisar al empresario 15 días antes de comenzar tu permiso de lactancia (o con el plazo que determine su convenio de aplicación), y a precisar la fecha exacta de inicio y finalización del mismo.

  • Tienes derecho a elegir cómo hacer uso de tu permiso de lactancia dentro de tu jornada laboral. Si no llegaras a un acuerdo con el empresario acerca de este punto, es aconsejable consultarlo con un experto en la materia para que te asesore.

  • Si ya estás disfrutando de una reducción de jornada por cuidado de hijos, debes saber que también puedes ejercer tu derecho a solitiar un permiso de lactancia, puesto que ambos permisos son distintos y acumulables.

Foto | iStock

Vía | Guía Artemisa – UGT

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