Qué se puede  y qué no se puede hacer.

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Colonia Caroya. La Municipalidad local recuerda a los vecinos de esta ciudad que no existen nuevas restricciones a la circulación, ya que el Gobierno provincial no adhirió a las decisiones que en ese sentido adoptó el gobierno nacional.

En consecuencia, siguen plenamente vigentes las medidas resueltas el pasado 8 de abril, en un acta entre el Gobierno y los intendentes, y que plantea lo siguiente:

• Está autorizada la circulación de personas  entre las 0 hs y las 6 hs para aquellos que justifiquen los motivos de su circulación.
• Se suspende la habilitación de actividades y reuniones sociales de más de 10 personas en domicilios particulares.
• Los bares, restaurantes y demás actividades no esenciales deberán permanecer cerradas entre las 0 hs y las 6 hs, de lunes a viernes, y desde las 1 hs hasta las 6 hs los sábados, domingos y feriados.
• Se inhabilita la actividad de casinos y bingos desde las 0 hs hasta las 6 hs.
• Todas las actividades, excepto aquellas mencionadas en el tercer punto, continúan habilitadas siguiendo los protocolos sanitarios vigentes.
• Los firmantes se comprometen a fortalecer las acciones de vigilancia, con el fin de detectar de manera temprana los casos, permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
• Cada Municipio y/o Comuna se compromete a controlar el cumplimiento de las disposiciones y protocolos  vigentes, para todas las actividades que continúan habilitadas.
• El alcance y el tenor  de estas medidas podrá ser modificado en caso de que cambie la situación sanitaria epidemiológica en nuestra provincia.
• En casos  especiales, la autoridad local podrá acentuar las medidas restrictivas por un tiempo determinado.
Vale recordar que Colonia Caroya adhirió a ese acta compromiso junto a otros municipios y que las condiciones fijadas en ella no han variado. Por lo tanto, son de pleno cumplimiento.

Del mismo modo, hay que tener presente que no rige en la jurisdicción de la ciudad ninguna otra restricción o prohibición más que las ya expresamente apuntadas.

16-04-2021