Estos son los medicamentos que pueden dar positivo en drogas al volante y que se venden en farmacias

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Según la DGT, el 25 % de los fármacos que se consumen habitualmente, autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, pueden afectar a la conducción de alguna forma, y los datos muestran que el el 21 % de los conductores y el 32 % de los peatones fallecidos en un siniestro vial en 2016 dieron positivo en psicofármacos.

Además de ser peligrosos al volante, muchos de los medicamentos que se pueden adquirir sin receta pueden inducir un falso positivo durante el drogotest, como el Ibuprofeno o los antihistamínicos.

«¿Que yo he consumido anfetaminas?»

Maxwell Ridgeway D5fi8jv6ndu Unsplash

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Según explica para la revista DGT la responsable del Departamento de Productos y Servicios del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, Cristina Fernández, el orden en el que se suelen detectar piscofármacos es «ansiolíticos, medicamentos para dormir, antidepresivos, antihistamínicos y algunos tratamientos oftálmicos».

Aunque sus principales efectos son la somnolencia, la disminución de los reflejos y el aumento del tiempo de reacción, no afectan por igual a cada persona, ya que entra en juego la cantidad consumida y el metabolismo.

Alguno de estos medicamentos, según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), puede dar falsos positivos– en una analítica de orina- a anfetaminas, metilanfetaminas, metadona, opiáceos, fenciclidina, barbitúricos, canabinoides y benzodiacepinas:

  • Bromfeniramina (Ilvico)
  • Bupropion (Zyntabac, Elontril)
  • Clorpromazina (Largactil)
  • Clomipramina (Anafranil)
  • Dextrometorfano (Romilar)
  • Difenhidramina (Bisolvon antitusivo compositum y otros)
  • Doxilamina (Cariban, Dormidina y otros)
  • Ibuprofeno
  • Naproxeno
  • Prometazina (Actithiol antihistamínico, Fenergan expectorante)
  • Quetiapina (Seroquel)
  • Ofloxacino (Surnox)
  • Ranitidina
  • Sertralina
  • Tioridazina
  • Trazodona (Deprax)
  • Venlafaxina
  • Verapamil
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Asimismo, la DGT alerta de cuáles son los fármacos más peligrosos al volante y emite una serie de recomendaciones:

  • Benzodiacepinas. «Si se trata de benzodiacepinas de acción corta y se toma por la noche, por la mañana se podría conducir, pero si son de acción intermedia, no», explica el departamento de Tráfico.

  • Antidepresivos. «Solo se debe conducir una vez que el tratamiento se ha estabilizado y se ha obtenido una respuesta positiva al mismo».

  • Antihistamínicos. «A priori, sólo afectan a la conducción los de primera generación, pero algunos de los más nuevos incorporan en su prospecto que se recomienda precaución al volante».

  • Opioides. «Si se toman de forma crónica, una vez que el paciente desarrolla tolerancia no hay problema para conducir, pero deben tener precaución ante un aumento de dosis».

  • Antipsicóticos. Los pacientes solo deben conducir cuando estén estabilizados y deben tomar precauciones, como ir acompañados, moderar la velocidad, evitar horas punta y viajes nocturnos, dice la DGT.

  • Antiepilépticos. La propia enfermedad ya incapacita para la conducción.

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No obstante, el 20 % de los principios activos disponibles en España incorporan desde 2007 el pictograma que alerta del peligro de conducir si se toma dicho medicamento. Ojo, porque ni el pictograma ni el prospecto prohíben la conducción, sólo alertan de los posibles efectos que puede tener y las recomendaciones generales para los pacientes.

En España, la Ley de Seguridad Vial diferencia entre la sanción administrativa, que castiga la mera presencia de drogas en el organismo del conductor y la penal, que tipifica la influencia de las drogas en la conducción.

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Así, exceptuando las substancias que se tomen bajo prescripción, circular con presencia de drogas en el organismo conlleva una multa de hasta 1.000 euros y la retirada de hasta seis puntos en el carnet.

Por su parte, conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas puede conllevar prisión de 3 a 6 meses o multa de 360 a 144.000 euros, o trabajo en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además de la retirada del carné de un año y un día a 4 años.

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