Trabajo y la AEPD quieren más responsabilidad de las empresas con los datos del entorno laboral

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El Ministerio de Trabajo y la Agencia Española de Protección de Datos, AEPD, han firmado un protocolo de colaboración para dar a conocer las responsabilidades de las empresas en la difusión de imágenes, videos o audios en el entorno laboral. El objetivo es dar a conocer a las empresas, pero también a representantes sindicales de los trabajadores, las responsabilidades penales, civiles y laborales de la difusión de imágenes, vídeos o audios en el entorno laboral, especialmente cuando los datos se difunden a través de Internet.

Con la llegada del RGPD las empresas tienen que hacer frente a nuevos retos respecto a la protección de datos personales. Muchas de ellas ya han tomado las medidas adecuadas, han realizado Evaluaciones de Impacto o disponen de un Delegado de Protección de Datos que les asesora sobre como afrontar diversos problemas que puedan surgir y afecten a datos personales.

Grabar a un compañero de empresa porque no trabaja, no sirve como prueba

El protocolo no está tan enfocado hacia la recogida de datos que hacen las empresas, ya sea de clientes o de los propios empleados, sino más bien a los datos personales que se puedan difundir en un entorno laboral entre los propios empleados y las consecuencias que acarrean a nivel legal. Especialmente si no se han tomado las medidas oportunas o no se ha dado importancia a estos casos de difusión de imágenes.

Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud. Los empresarios deben garantizar dichos derechos. Los representantes de los trabajadores también tienen que ser un elemento muy importante a la hora de detectar posibles problemas que afecten a la intimidad y protección de datos en el entorno laboral.

El caso más representativo de este tipo de problemas en el entorno laboral lo tenemos en el reciente suicidio de una trabajadora tras la difusión de un vídeo sexual privado en su centro de trabajo. Articular unos protocolos de actuación claros, que ayuden a detectar estos comportamientos y hacer que cesen de raíz es básico.

Los empleados también tienen que ser conscientes de que compartir este tipo de contenidos puede ser constitutivo de un delito. Un poco de formación puede ayudar no solo a saber como actuar, sino también a tomar conciencia del daño que se puede realizar por un acto como compartir un vídeo en un grupo de WhastApp.

Imagen | ChristophMeinersmann