Debaten en audiencia pública la conveniencia de aprobar un loteo.

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Jesús María. Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Córdoba  realizará a las 10, en el obrador municipal, una audiencia pública que es parte del proceso de Estudio de Impacto Ambiental de la “Urbanización Loteo El Ivan”, ubicado próximo al B° Santa Elena y colindante con el río Guanusacate.

La audiencia no es vinculante, pero condicionará el otorgamiento de la factibilidad por parte de la Provincia.

La realización de la audiencia pública es obligatoria desde el año 2014, a partir de la sanción de la ley 10.208. La primera audiencia realizada en la provincia según esta normativa data de septiembre de ese año.

Por tal motivo, los loteos ubicados en la misma zona de la ciudad, pero aprobados antes de esa fecha, no necesitaron dar este paso en el proceso de autorización.

Ahora, la Municipalidad de Jesús María no autoriza los desarrollos inmobiliarios que requieren estudios de impacto ambiental sin la autorización provincial.

El biólogo Federico Kopta, del Foro Ambiental Córdoba, advirtió que, hasta el pasado 11 de julio, en el expediente existente en la Secretaría de Ambiente y Cambio climático de la Provincia no se encuentra el informe titulado “Estudio Geo-hidrológico del río Guanusacate en su paso por el área urbana de Jesús María”, elaborado por el Centro de la Región Semiárida del Instituto Nacional del Agua (INA-CIRSA).

Fechado en diciembre de 2017, ese informe recomienda:  
”- La protección de riberas que se realiza disminuyendo la sección del cauce genera por un lado, una falsa sensación de seguridad que favorece la ocupación de sectores naturalmente expuestos a erosión e inundación y por el otro, incrementa las velocidades de flujo, debido al confinamiento, obligando a este a disipar parte de su energía erosionando el lecho en profundidad y/o trasladando los problemas aguas abajo y arriba”.
”- Para los sectores que presenten consolidación urbana, se recomienda tener en cuenta para la definición del engavionado u otra protección de márgenes que se deberá preservar siempre la sección del canal requerida para evacuar los caudales máximos. En cuanto a los sectores no urbanizados o loteados pero sin consolidación urbana, debieran no ser ocupados (loteos El Iván, Palma de Caranday, La Cotita)”.

“- El registro histórico, indica que han ocurrido crecientes en el pasado, con magnitudes iguales o superiores a las actuales, pero bajo condiciones de ocupación del territorio diferentes. Es decir, estas dinámicas han actuado en el pasado, lo hacen en el presente y sin lugar a dudas, lo harán en el futuro”.

Para este informe, los loteos nombrados “corresponden al lecho del río”.

Por otra  parte, la Mesa de Agua y Ambiente de La Granja también planteó su oposición al loteo porque le resulta incomprensible “que el mencionado documento del INA-CIRSA haya sido ignorado, considerando que específicamente recomienda la NO urbanización de los terrenos en cuestión”.

16-07-2018