Condenaron a un olivense por abusar sexualmente de tres menores de nuestra ciudad

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Se trata de Pedro Tello, un hombre con capacidades diferentes (pero imputable) que admitió haber abusado sexualmente de tres menores en diferentes hechos ocurridos en 2013, 2015 y septiembre de 2016, cuando fue detenido.

La Justicia villamariense condenó ayer a un vecino de Oliva que sometió a manoseos y tocamientos impúdicos a tres menores, en distintos episodios registrados en 2013, 2015 y en septiembre de 2016, cuando terminó entre rejas, especificó el matutino El Diario del Centro del País: El Diario de Villa María.

Al cabo de un juicio oral de trámite abreviado y como consecuencia de un acuerdo previo entre la Fiscalía y la Defensa, el juez Félix Martínez le impuso una sanción de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo a Pedro Alejandro Tello (35), un hombre con capacidades diferentes, aunque las pericias psicológicas y psiquiátricas a las que fue sometido durante la instrucción de la causa determinaron que es imputable.

Tello, quien presenta una disminución con respecto a sus aptitudes intelectuales, fue declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual agravado” y “abuso sexual simple reiterado”, en perjuicio de tres nenas que tenían 7 años al momento de los hechos.

Como se trataba de casos de instancia privadas, el debate se realizó a puertas cerradas en la sala de audiencias que la Cámara del Crimen local posee en el quinto piso de Tribunales.

Sin embargo, como Tello se declaró culpable, no se receptaron testimonios (se incorporó por lectura toda la prueba colectada en el expediente) y tras la confesión del detenido se pasó a los alegatos.

En esa instancia, el fiscal Francisco Márquez solicitó una condena de cuatro años de cárcel, a tenor de lo establecido por el artículo 119 del Código Penal de la Nación. Seguidamente, la defensora oficial, Silvina Muñoz, adhirió al pedido del acusador público, tal como lo habían pactado antes de que comenzara el juicio.

Cabe señalar que en los tres casos, Tello manoseó las partes pudendas de las víctimas (no las accedió carnalmente, en cuyo caso la sanción habría sido mucho más severa), en tres ilícitos cometidos en fechas que no fueron precisadas. Asimismo, pudo saberse que las menores eran vecinas del condenado y uno de los hechos fue agravado porque se produjo cuando llevó a una de las nenas a un espectáculo circense que había en Oliva, por lo que en esas circunstancias estaba al cuidado de la menor.