Calumnias e injurias en las Redes Sociales

0
387

Lo que es delito en la vida real lo es también en la vida virtual. Las redes sociales son el medio de comunicación donde se ejerce por antonomasia la libertad de expresión. Allí las personas pueden publicar de forma libre opiniones o intercambiar experiencias sobre
diversos temas, pero, por más absoluto que parezca el derecho a expresarnos libremente no lo es.

La libertad de expresión y libre circulación de información no deben suponer nunca un menoscabo al derecho al honor de otra persona.

Muchos usuarios creen que en “Facebook”, “Twiter” o “Instagram” pueden publicar o decir lo que quieren, hiriendo, difamando
e incluso mintiendo sin tener responsabilidad penal y/o civil alguna, cuando esto, claramente no es así, hasta para aquellos que se escudan bajo nombres falsos.

El pasado 17 de octubre una resolución de la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por “calumniar e injuriar” a un hombre a través de las redes sociales y haber afectado su honor. Sumado a que tuvo que retractarse públicamente de lo dicho y eliminar las falsas publicaciones. El abogado querellante en la causa sostuvo:
“La resolución viene a poner en claro que decir cosas en las redes sociales tiene sus consecuencias”.

Nota completa en Edición Impresa